AP4350-2018(52785)

2018

Asistente Jurídico Inteligente

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LUIS  ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA  

Magistrado  ponente  

AP4350-2018  

Radicación  No. 52785  

Aprobado  Acta No.  346.  

Bogotá,  D.C., tres (3) de octubre dos mil dieciocho (2018).  

ASUNTO:  

Decide  la Sala sobre la solicitud de aclaración del concepto  favorable emitido por esta Corporación en relación con  la solicitud de extradición del ciudadano colombiano Jairo  Gómez Guerra,  formulada  por el Gobierno de los Estados Unidos de América a través  de su Embajada.  

CONSIDERACIONES  

1.  Por acta No. 253 del  1º de agosto de 2018, la Sala de Casación Penal de la  Corte Suprema de Justicia emitió concepto favorable a la  extradición del ciudadano colombiano Jairo  Gómez Guerra,  quien es requerido por el Gobierno de los Estados Unidos de América  a través de su embajada.  

2.  Con oficio OFI-18-0542-DAI-1100 del 14 de agosto de 2018, Director  de Asuntos Internacionales del Ministerio de Justicia y del Derecho  radicó memorial en el que indicó:  

«…haciendo  referencia al pronunciamiento del 1 de agosto de 2018, en el cual se  emitió concepto favorable a la solicitud de extradición  del ciudadano colombiano Jairo Gómez Guerra, requerido por el  Gobierno de los Estados Unidos de América, para que responda  por los cargos contenidos en la acusación sustitutiva  16-482(PAD) (también enunciado como 3:16-cr-00482-PAD),  dictada  el 23 de junio de 2017,  por el Tribunal Federal de los Estados Unidos para el Distrito de  Puerto Rico.  

Previamente  a dar curso al trámite y teniendo en cuenta que en la  solicitud formal de extradición el País requirente  menciona que este ciudadano es el sujeto de la segunda acusación  sustitutiva No. 16482(PAD) (también enunciada como caso No.  16482(PAD) ) (sic), dictada el 21  de marzo de 2018,  en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito de  Puerto Rico, y se le imputa un delito de tráfico de narcóticos  (Cargo Uno: concierto para distribuir y causar la distribución  de cinco kilogramos o más de cocaína con la intención  y el conocimiento de que la cocaína sería importada  ilegalmente a los Estados unidos) consideramos pertinente, devolver  el expediente de la referencia con el fin de obtener un  pronunciamiento sobre el particular». (Negrilla  fuera del texto)  

3.  Al analizar la documentación allegada para efectos del  concepto, la Sala observó varias denominaciones para la  acusación final por la que fue llamado a juicio Jairo  Gómez Guerra.  Sin embargo, revisado el asunto con base en lo sugerido por la  Dirección de Asuntos Internacionales del Ministerio de  Justicia y del Derecho, se ha constatado que la solicitud se fundó  únicamente en la segunda acusación sustitutiva No.  16482(PAD), dictada el 21 de marzo de 2018; y, como quiera que en el  concepto se mencionó como fecha de su expedición 23 de  junio de 2017, se precisa entonces aclarar dicho punto.  

4.  En  efecto, en el concepto favorable, y en particular en el capítulo  denominado «Principio  de la doble incriminación»,  al hacer referencia a los cargos por lo que es requerido Jairo  Gómez Guerra,  si bien se trascribió en su integridad el contenido de la  segunda acusación sustitutiva No. 16482(PAD), del 21 de marzo  de 2018, al momento de identificarla se indicó que era la  «dictada  el 23 de  junio de 2017».  

Por  tanto, con fundamento en lo expuesto, la Sala de Casación  Penal de la Corte Suprema de Justicia, ACLARA  EL  CONCEPTO FAVORABLE  emitido  el 1º de agosto de 2018, en relación con la solicitud de  extradición del ciudadano colombiano  Jairo  Gómez Guerra,  formulada  por el Gobierno de los Estados Unidos de América a través  de su Embajada,  en el sentido de que el mismo se otorga con fundamento, única  y exclusivamente, en la segunda acusación sustitutiva No.  16482(PAD), dictada  el 21 de marzo de 2018.  

Infórmese  de esta aclaración al ciudadano Jairo  Gómez Guerra,  a su defensor, a la representante del Ministerio Público, al  Fiscal General de la Nación y al Ministerio de Justicia y del  Derecho, para lo de su cargo.  

Cúmplase.  

LUIS  ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA  

JOSÉ  FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA  

JOSÉ  LUIS BARCELÓ CAMACHO  

FERNANDO  ALBERTO CASTRO CABALLERO  

EUGENIO  FERNÁNDEZ CARLIER  

EYDER  PATIÑO CABRERA  

PATRICIA  SALAZAR CUÉLLAR  

LUIS  GUILLERMO SALAZAR OTERO  

NUBIA  YOLANDA NOVA GARCÍA  

Secretaria  

      

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