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Proceso No 28047
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
Magistrada Ponente:
MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ DE LEMOS
Aprobado Acta No. 182.
Bogotá D.C., septiembre veintiséis (26) de dos mil siete (2007)
VISTOS
Corresponde a esta Sala integrada por Magistrados y Conjueces, pronunciarse sobre el impedimento presentado por los Magistrados doctores Sigifredo Espinosa Pérez, Alfredo Gómez Quintero, Yesid Ramírez Bastidas, Jorge Luis Quintero Milanés, Julio Enrique Socha Salamanca, Mauro Solarte Portilla y Javier Zapata Ortíz, para conocer de la acción de revisión instaurada a través de apoderado especial por la sentenciada BERTHA BAQUERO DE GÓMEZ, contra el fallo de segunda instancia proferido el 17 de mayo de 2005 por el Tribunal Superior de Cundinamarca, a través del cual fue condenada a la pena de cincuenta (50) meses de prisión como coautora del concurso homogéneo de delitos de violación al régimen de inhabilidades e incompatibilidades.
LOS IMPEDIMENTOS
Los Magistrados mencionados en precedencia fundamentan su manifestación de impedimento en la causal establecida en el numeral 4º del artículo 99 del Código de Procedimiento Penal, en atención a que manifestaron su opinión sobre el asunto materia del proceso, al suscribir la providencia mediante la cual se resolvió el recurso de casación interpuesto, entre otros, por el defensor de BERTHA BAQUERO, amén de que en la misma se declaró la extinción de la acción penal derivada del delito de violación al régimen de inhabilidades e incompatibilidades por el que se acusó a José Oliverio Castillo y Jorge Eduardo Castillo.
CONSIDERACIONES DE LA SALA
Sin dificultad se advierte que, en efecto, los Magistrados que han presentado su impedimento conjunto, suscribieron la referida decisión casacional y de cesación de procedimiento por prescripción de la acción penal, circunstancia que permite concluir que ya manifestaron su opinión sobre el asunto, es decir, se encuentran dentro de la causal impeditiva recogida en el numeral 4º del artículo 99 del estatuto procesal y, por tanto, se impone aceptar la declaración conjunta que en tal sentido expresaron.
En efecto, en la parte resolutiva de dicha providencia se decidió cesar procedimiento por prescripción de la acción penal derivada del delito de violación al régimen de inhabilidades e incompatibilidades respecto de los procesados José Oliverio Castillo y Jorge Eduardo Castillo.
También en el mismo proveído se decidió no casar la sentencia que fuera impugnada, entre otros, por el defensor de BERTHA BAQUERO DE GÓMEZ y también se dispuso señalar que la inhabilidad establecida en el artículo 122 de la Carta Política era deducible respecto de Pedro Julio Cruz, Olga Beltrán y Amanda Barbosa.
Otra determinación
Con el propósito de mantener el reparto equilibrado de los expedientes entre los diferentes miembros de la Sala, se dispone remitir al despacho del Magistrado Julio Socha Salamanca, en compensación por este asunto, un diligenciamiento del despacho de la Magistrada Ponente, de similar complejidad.
Por lo expuesto, la Sala integrada por Magistrados y Conjueces de la Corte Suprema de Justicia,
RESUELVE
1. ACEPTAR los impedimentos declarados por los Magistrados Sigifredo Espinosa Pérez, Alfredo Gómez Quintero, Yesid Ramírez Bastidas, Jorge Luis Quintero Milanés, Julio Enrique Socha Salamanca, Mauro Solarte Portilla y Javier Zapata Ortíz de conformidad con las razones consignadas en la anterior motivación.
2. SEPARAR, en consecuencia, del conocimiento del asunto a los Magistrados cuyos impedimentos se aceptan.
3. REMITIR al despacho del Magistrado Julio Socha Salamanca un expediente del despacho de la Magistrada Ponente, de acuerdo con el planteamiento precedente.
Comuníquese y cúmplase.
FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA LUIS BERNARDO ALZATE GÓMEZ
Conjuez Conjuez
CARLOS ARTURO CANO JARAMILLO MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ DE LEMOS
Conjuez
AUGUSTO J. IBÁÑEZ GUZMÁN WILLIAM MONROY VICTORIA
Conjuez
GUILLERMO PUYANA RAMOS YESID REYES ALVARADO
Conjuez Conjuez
EDUARDO TORRES ESCALLÓN
Conjuez
TERESA RUIZ NÚÑEZ
Secretaria