ATP178-2020

2020

Asistente Jurídico Inteligente

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LUIS  ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA  

Magistrado  ponente  

ATP178-2020  

Radicación  n.º 108874  

Acta  037  

Bogotá,  D. C., dieciocho (18) de febrero de dos mil veinte (2020).  

    VISTOS:  

Se  resuelve el impedimento expresado por la Magistrada Patricia Salazar  Cuéllar como integrante de la Sala n.º 3 de Tutelas que  integraba con los doctores José Leonidas Bustos Martínez  y Eugenio Fernández Carlier, con fundamento en la causal 6ª  del artículo 56 de  la Ley 906 de 2004.  

ANTECEDENTES  Y CONSIDERACIONES:  

La  Magistrada  Patricia Salazar Cuéllar, manifestó  su impedimento para conocer la impugnación de tutela promovida  por  CARLOS ALFONSO CERPA HERRERA, contra las Salas de Casación  Civil y Penal de esta Corporación, entre otras autoridades.  

Para  el efecto, explicó que participó en la presente  actuación al haber sido vinculada al trámite de primera  instancia surtido por la Sala de Casación Laboral, como  integrante de la Sala que profirió el fallo CSJ STP16425 del  25 de noviembre de 2014, cuestionado en aquella demanda de tutela.  

Lo  configuración de la causal invocada no ofrece duda alguna al  verificar que, efectivamente, la Magistrada participó en el  asunto materia del proceso.  

En  consecuencia, se aceptará el impedimento manifestado por la  doctora Patricia Salazar Cuéllar.  

En  mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de  Casación Penal,  

RESUELVE:  

ACEPTAR  el  impedimento manifestado por la  doctora Patricia Salazar Cuéllar.  

Contra  esta decisión no proceden recursos.  

NOTIFÍQUESE  Y CÚMPLASE.  

LUIS  ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA  

Magistrado  

JAIME  HUMBERTO MORENO ACERO  

Magistrado  

NUBIA YOLANDA  NOVA GARCÍA  

Secretaria  

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