Asistente Jurídico Inteligente
Selecciona un texto en la página o analiza el artículo completo.
República de Colombia
Corte Suprema de Justicia
Proceso No 14869
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
MAGISTRADO PONENTE:
ÁLVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN
APROBADO ACTA No. 190
Bogotá, D.C., cuatro (04) de diciembre de dos mil uno (2001).
VISTOS
El señor LUIS ALFREDO OSORIO LÓPEZ desiste de la casación interpuesta contra la sentencia proferida el 28 de abril de 1998 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pereira, que lo condenó como autor del delito de homicidio.
CONSIDERACIONES DE LA CORTE
El artículo 230 del Código de Procedimiento Penal, dispone que se podrá desistir de la casación antes de que la Sala decida.
En el presente asunto, el expediente se encuentra al despacho para decidir, previo concepto rendido por el Ministerio Público, según lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Penal.
En consecuencia, es procedente el desistimiento de la casación manifestado por el señor LUIS ALFREDO OSORIO LÓPEZ y coadyuvado por su defensor.
En mérito de lo expuesto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia,
RESUELVE
Aceptar el desistimiento de la casación, manifestado por el señor LUIS ALFREDO OSORIO LÓPEZ y coadyuvado por su defensor.
Contra esta providencia procede el recurso de reposición.
Notifíquese, cúmplase y devuélvase al Tribunal de origen.
CARLOS EDUARDO MEJÍA ESCOBAR
FERNANDO E. ARBOLEDA RIPOLL JORGE E. CORDOBA POVEDA
HERMAN GALAN CASTELLANOS CARLOS A. GÁLVEZ ARGOTE
JORGE ANÍBAL GÓMEZ GALLEGO EDGAR LOMBANA TRUJILLO
ÁLVARO O. PÉREZ PINZÓN NILSON PINILLA PINILLA
No hay firma
TERESA RUIZ NUÑEZ
Secretaria