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Proceso N° 12457
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
MAGISTRADO PONENTE:
ÁLVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN
APROBADO ACTA No. 150
Bogotá, D.C., tres (03) de octubre de dos mil uno (2001).
VISTOS
El defensor del señor HECTOR MAURICIO ROLDAN NOVOA desiste del recurso extraordinario de casación interpuesto contra el fallo proferido el 28 de junio de 1996 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja, mediante el cual lo condenó por el delito de homicidio.
CONSIDERACIONES DE LA CORTE
El artículo 230 del Código de Procedimiento Penal, dispone que se podrá desistir de la casación antes de que la Sala decida.
En el presente asunto, el expediente se encuentra al despacho para decidir, previo concepto rendido por el Ministerio Público, según lo ordenado en el artículo 213 del C. de P.P.
En consecuencia, es procedente el desistimiento de la casación manifestado por el defensor del señor HECTOR MAURICIO ROLDAN NOVOA y avalado por éste.
En mérito de lo expuesto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia,
RESUELVE
Aceptar el desistimiento de la casación, manifestado por el defensor del señor HECTOR MAURICIO ROLDAN NOVOA y coadyuvado por éste.
Notifíquese, cúmplase y devuélvase al Tribunal de origen.
CARLOS EDUARDO MEJÍA ESCOBAR
FERNANDO E. ARBOLEDA RIPOLL JORGE E. CORDOBA POVEDA
HERMAN GALAN CASTELLANOS CARLOS A. GÁLVEZ ARGOTE
JORGE ANÍBAL GÓMEZ GALLEGO EDGAR LOMBANA TRUJILLO
ÁLVARO O. PÉREZ PINZÓN NILSON PINILLA PINILLA
TERESA RUIZ NUÑEZ
Secretaria