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Proceso No. 12667
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION PENAL
Magistrado Ponente
Dr. CARLOS E. MEJIA ESCOBAR
Aprobado Acta No. 98
Santafé de Bogotá, D.C., seis (6) de julio de mil novecientos noventa y nueve (1999).
V I S T O S
Resuelve la Sala lo pertinente a la solicitud presentada por el procesado GILBERTO ANTONIO QUINTERO MARIN y coadyuvada por el abogado César Augusto Zuluaga Henao, para que se le haga la devolución de una escopeta de uso doméstico, con salvoconducto, Marca Franchi calibre 12 No. 06021 TS que le fue decomisada en un allanamiento, el día 20 de noviembre de 1993.
Dicho proceso actualmente se encuentra al Despacho para proveer acerca del aspecto formal de la demanda.
En reiteradas oportunidades ha dicho la Corte , que en el trámite del recurso extraordinario de Casación la Sala únicamente tiene competencia para inadmitir la demanda o ajustarla, para resolverla de fondo, para decidir sobre la libertad provisional del procesado con sustento en el numeral 2º. del artículo 415 del Código de Procedimiento Penal y por último, para resolver las solicitudes de redención de pena.
En consecuencia, como la petición que hace el inculpado no se refiere a ninguno de los aspectos arriba señalados, dicha solicitud no podrá ser atendida, por lo que la Sala de Casación de la Corte Suprema de Justicia,
RESUELVE
NO ACCEDER, a darle trámite a la petición elevada por el procesado GILBERTO QUINTERO MARIN y el abogado Cesar Augusto Zuluaga Henao.
CUMPLASE,
JORGE ANIBAL GOMEZ GALLEGO
FERNANDO ARBOLEDA RIPOLL RICARDO CALVETE RANGEL
JORGE E. CORDOBA POVEDA CARLOS AUGUSTO GALVEZ ARGOTE
EDGAR LOMBANA TRUJILLO MARIO MANTILLA NOUGUES
CARLOS E. MEJIA ESCOBAR NILSON PINILLA PINILLA
PATRICIA SALAZAR CUELLAR
Secretaria