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Proceso N° 14042
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION PENAL
Magistrado Ponente:
Dr. JORGE E. CORDOBA POVEDA
Aprobado acta N° 023
Santafé de Bogotá D.C., veintiuno (21) de febrero de dos mil (2000).
VISTOS
A través de este pronunciamiento decide la Sala sobre la procedencia del impedimento manifestado por uno de sus integrantes.
ANTECEDENTES
La demanda de casación que presentó el doctor Alvaro Orlando Pérez Pinzón, en representación de procesado ISMAEL BARBOSA BALLESTEROS, se declaró ajustada a los requisitos que establece el artículo 225 del Código de Procedimiento Penal, el 4 de marzo de 1998.
Estando el proceso al Despacho para resolver el recurso extraordinario de casación, el doctor Alvaro Orlando Pérez Pinzón, quien ostenta en la actualidad la investidura de Magistrado de esta Corporación, se dirige a la Sala para manifestar: “que el suscrito fue defensor del señor ISMAEL BARBOSA BALLESTEROS, para efectos de la presentación de la demanda de casación. Por tal motivo, con todo respeto, permítaseme manifestar que me encuentro impedido, con fundamento en el No. 4° del artículo 103 del C. de P.P.”.
CONSIDERACIONES DE LA SALA
La causal invocada por el Magistrado Alvaro Orlando Pérez Pinzón, hace referencia a que el funcionario judicial a quien correspondió el conocimiento del proceso, haya sido apoderado o defensor de alguno de los sujetos procesales.
Como el motivo expuesto por el Magistrado se adecua al supuesto previsto en la norma citada, es del caso aceptar el impedimento manifestado, sin proceder a su reemplazo por mantenerse el quórum decisorio con los restantes miembros, tal como lo prevé el artículo 54 de la Ley 270 de 1996.
Bastan las precedentes consideraciones para que la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia,
R E S U E L V A
ACEPTAR el impedimento manifestado por el doctor Alvaro Orlando Pérez Pinzón, para intervenir en este proceso, por lo cual se separa de su conocimiento.
La Sala se abstendrá de reemplazarlo de conformidad con las razones expuestas en la parte motiva.
Cúmplase.
EDGAR LOMBANA TRUJILLO
No hay firma
FERNANDO ARBOLEDA RIPOLL JORGE E. CÓRDOBA POVEDA
CARLOS AUGUSTO GÁLVEZ ARGOTE JORGE ANIBAL GÓMEZ GALLEGO
MARIO MANTILLA NOUGUÉS CARLOS E. MEJIA ESCOBAR
NILSON E. PINILLA PINILLA TERESA RUÍZ NUÑEZ
Secretaria