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Proceso N° 14045
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION PENAL
Magistrado Ponente:
Dr. FERNANDO E. ARBOLEDA RIPOLL
Aprobado Acta No. 20
Santafé de Bogotá, D.C., quince (15) de febrero del dos mil (2000).
VISTOS
Decide la Corte sobre la extinción de la acción penal por muerte del procesado OMAR ANTONIO JIMENEZ LERMA.
SE CONSIDERA
Mediante sentencia de abril 1º de 1997 el Juzgado Décimo Penal del Circuito de Cali condenó a OMAR ANTONIO JIMENEZ LERMA a la pena principal de sesenta meses de prisión por los delitos de hurto calificado y agravado y porte ilegal de armas.
Apelada la anterior decisión, el Tribunal Superior de la misma ciudad, mediante providencia de 23 de julio de 1997, la confirmó integralmente.
Dentro del trámite del recurso extraordinario de casación, el señor CARLOS ALBERTO MONTEALEGRE, no recurrente dentro de las diligencias, informó a este Despacho que el procesado OMAR ANTONIO JIMENEZ LERMA había fallecido, por lo que se requirió a los Directores de las Cárceles de Buga (Valle) y Popayán (Cauca) para que remitieran un informe sobre el fallecimiento del prenombrado. Así mismo se ofició a la Notaría Doce del Circulo de Cali Valle para que allegara copia auténtica del registro de defunción. Como en el citado documento no aparecen consignados los datos que permitan la plena identificación del prenombrado, el Despacho comisionó al Fiscal que designara la Dirección Nacional de Fiscalía medinte auto de octubre 20 de 1999.
Cumplida a cabalidad la comisión dispuesta y según el informe de Cotejo dactiloscopico se estableció la plena identidad del occiso OMAR ANTONIO JIMENEZ LERMA .
Puesto que este hecho se encuentra contemplado como motivo de extinción de la acción penal en el artículo 76 del Código Penal, se dispone, acorde con lo establecido en los artículos 35 y 36 del estatuto procesal, ordenar la respectiva cesación de procedimiento.
En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACION PENAL,
RESUELVE:
DECLARAR LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL respecto del procesado OMAR ANTONIO JIMENEZ LERMA por las razones expresadas en la parte considerativa.
NOTIFIQUESE Y CUMPLASE
EDGAR LOMBANA TRUJILLO
FERNANDO E. ARBOLEDA RIPOLL JORGE E. CORDOBA POVEDA
CARLOS AUGUSTO GALVEZ JORGE A. GOMEZ GALLEGO
MARIO MANTILLA NOUGUES CARLOS E. MEJIA ESCOBAR
ALVARO O. PEREZ PINZON NILSON PINILLA PINILLA
TERESA RUIZ NUÑEZ
Secretaria