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Proceso No. 15947
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION PENAL
Magistrado Ponente:
Dr: RICARDO CALVETE RANGEL
Aprobado Acta No. 098
Santa Fe de Bogotá D.C., Julio seis de mil novecientos noventa y nueve.
VISTOS:
Resuelve la Sala sobre la admisibilidad del recurso de casación interpuesto por la defensora del procesado JIMMY MARTINEZ FORERO, contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior Militar por los delitos de constreñimiento para delinquir, ataque al inferior y lesiones personales, confirmatoria de la dictada por el Comando de la Décima Cuarta Brigada, – Juzgado de Primera Instancia-, mediante la cual lo condenó a la pena principal de dieciséis (16) meses y diez (10) días de prisión.
CONSIDERACIONES DE LA SALA:
Es preciso advertir que en el presente caso la única impugnación posible es la casación excepcional, toda vez que a pesar de haber sido proferida la sentencia por el Tribunal Superior Militar, la pena máxima para los delitos de constreñimiento para delinquir, ataque al inferior, y lesiones personales es inferior a seis años.
La falta de claridad para escoger acertadamente el tipo de casación que es procedente en este asunto, generó que la defensora omitiera sustentar la impugnación, limitándose simplemente a manifestar su deseo de recurrir, sin precisar cuál de las alternativas previstas en la norma es la que sirve de fundamento a su inconformidad.
Esa falla imposibilita que la Corte tenga claridad si el yerro de los juzgadores ocurrió porque no observaron las garantías fundamentales, o si por el contrario, el censor considera que es propicia la oportunidad para emitir un pronunciamiento jurisprudencial sobre algún aspecto del ilícito investigado.
En estas condiciones, la única decisión posible es la inadmisión del recurso y así se procederá.
En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia -Sala de Casación Penal-
R E S U E L V E
Inadmitir el recurso de casación excepcional interpuesto por la defensora del sentenciado JIMMY MARTINEZ FORERO.
Cópiese, notifíquese, y devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Cúmplase.
JORGE ANIBAL GOMEZ GALLEGO
FERNANDO E. ARBOLEDA RIPOLL RICARDO CALVETE RANGEL
JORGE E. CORDOBA POVEDA CARLOS A. GALVEZ ARGOTE
EDGAR LOMBANA TRUJILLO MARIO MANTILLA NOUGUES
CARLOS E. MEJIA ESCOBAR NILSON PINILLA PINILLA
PATRICIA SALAZAR CUELLAR
Secretaria