37076(30-05-12)

2012

Asistente Jurídico Inteligente

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    Proceso nº 37076  

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA  

SALA DE CASACIÓN PENAL  

Bogotá,  D.  C., treinta de mayo de dos mil  doce.   

1.-  Dentro  del proceso de única instancia  radicado  en  la  Sala  de  Casación  Penal con el número 36784, manifesté mi  impedimento  para  conocer del mismo, invocando el numeral 1º de los artículos  99  de  la  Ley  600  de  2000  y  56  de la Ley 906 de 2004, toda vez que en mi  condición  de  víctima tengo interés en los resultados de las investigaciones  por  comportamientos  delictivos  cometidos,  entre  otras  personas,  contra el  suscrito magistrado.    

2.- Dicho impedimento se declaró fundado por  la  Sala de Casación Penal mediante providencia del 16 de agosto de 2011, en la  cual  se  dispuso  separarme del conocimiento del proceso que se sigue en contra  de MARÍA DEL PILAR HURTADO AFANADOR y BERNARDO MORENO VILLEGAS.   

3.-  Como  quiera  que  dicha  situación se  mantiene  en  el asunto que se sigue en contra de FERNANDO ALONSO TABARES MOLINA  y  JORGE  ALBERTO  LAGOS LEÓN, me veo precisado a reiterar la manifestación de  mi impedimento para conocer del presente asunto.   

      

4.-  En atención a lo anterior, envíese el  proceso   al   Despacho   del   Magistrado   Ponente   para   que   disponga  lo  pertinente.   

         Cúmplase.   

         JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ   

         MAGISTRADO   

         NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA   

         Secretaria   

    

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