Asistente Jurídico Inteligente
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Proceso No 30001
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION PENAL
Bogotá D.C., febrero veintiuno (21) de dos mil siete (2007).
El apoderado del señor JORGE ALFREDO HURTADO OSPINA presenta escrito a través del cual manifiesta que desiste del “recurso de apelación” interpuesto contra la providencia del pasado 16 de febrero proferida por un Magistrado del Tribunal Superior de Bogotá, por cuyo medio negó por improcedente la acción de hábeas corpus incoada a favor del mencionado.
En consideración al postulado general según el cual los recursos admiten desistimiento por parte del sujeto procesal que los instaura (artículo 199 de la Ley 600 de 2000), asiste pleno interés al memorialista para declinar de la impugnación promovida a instancia suya, por consiguiente, se acepta el desistimiento y se dispone la devolución del expediente al Tribunal de origen para que continúe con el trámite legal que corresponda.
Cúmplase,
MARINA PULIDO DE BARÓN
Magistrada
TERESA RUÍZ NÚÑEZ
Secretaria