ATP1067-2021

2021 julio

Asistente Jurídico Inteligente

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EUGENIO  FERNÁNDEZ CARLIER  

Magistrado  Ponente  

ATP1067-2021  

Radicación  n° 112696  

Acta  184  

Bogotá  D.C., veintidós (22) de julio de dos mil veintiuno (2021).  

1. El 24 de  septiembre de 2020, mediante sentencia STP7866-2020, esta Sala de  Decisión de Tutelas en primera instancia negó el amparo  constitucional reclamado por el accionante VICTOR  EMILIO VALDEZ RODRÍGUEZ contra  la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá y el Juzgado 12  Penal del Circuito de Conocimiento de la misma ciudad, en actuación  que vinculó a las demás partes e intervinientes en el  proceso penal de radicado 1100160000132017-06895.  

No  obstante, de la revisión del fallo se hace necesario aclarar  que, en aquella oportunidad, por error involuntario, en el numeral  primero de la parte resolutiva se consignó mal el nombre del  accionante.  

2.  En ese sentido, para evitar confusiones de identificación de  la providencia emitida, se aclara  que  el nombre del accionante a quien se negó por improcedente la  solicitud de amparo es VICTOR  EMILIO VALDEZ RODRÍGUEZ y  no Luis Alejandro Úsuga Becerra, eso sí, precisando que  en momento alguno se compromete la decisión adoptada por esta  Sala, la cual permanece incólume.  

3.  Lo anterior, de acuerdo con  lo dispuesto en el artículo 286 de la Ley 1564 de 2012 (Código  General del Proceso):  

«Toda providencia en  que se haya incurrido en error puramente aritmético puede ser  corregida por el juez que la dictó en cualquier tiempo, de  oficio o a solicitud de parte, mediante auto.  

Si la corrección se  hiciere luego de terminado el proceso, el auto se notificará  por aviso.  

Lo dispuesto en los incisos  anteriores se aplica a los casos de error por omisión o cambio  de palabras o alteración es éstas, siempre que estén  contenidas en la parte resolutiva o influyan en ella.»  

Contra esta  decisión no procede ningún recurso.  

Cúmplase,  

JOSÉ  FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA  

EUGENIO  FERNÁNDEZ CARLIER  

PATRICIA  SALAZAR CUÉLLAR  

Secretaria  

      

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