ATP101-2019

2019

Asistente Jurídico Inteligente

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ATP101-2019  

Radicación No.  102397  

(Aprobación  Acta No.21)  

Bogotá D.C., veintinueve (29) de enero de dos mil diecinueve  (2019)  

            

1. Atendiendo lo previsto en el artículo 39          del Decreto 2591 de 1991, manifestamos nuestro impedimento para          actuar dentro de la presente acción de tutela y para tal          efecto invocamos la causal sexta contemplada en el artículo          56 de la Ley 906 de 2004, según la cual el funcionario          judicial debe abstenerse de conocer un asunto, cuando «…haya          dictado la providencia de cuya revisión se trata…».  

            

2. Lo anterior por cuanto el accionante Michael          Javier Santis Giraldo, en su condición de representante legal          de la Compañía de Inversiones y Desarrollo S.A.S.,          se dirigió a censurar, entre otras providencias, el fallo          constitucional STP7149-2018 proferido el 29 de mayo de 2018 en el          marco de la acción de tutela radicada bajo el número          interno 98287, por los actuales integrantes de la Sala de Decisión          de Tutelas N° 3 de esta Corporación.1  

De esta manera, la decisión  que se adopte implicará un pronunciamiento sobre el fallo de  tutela atacado.  

En consecuencia, se dispone enviar las diligencias al  Magistrado siguiente, por orden alfabético, de la Sala de  Decisión de Tutelas N° 1, esto es, al despacho del  Magistrado Eyder Patiño Cabrera.  

CÚMPLASE  

JOSÉ FRANCISCO  ACUÑA VIZCAYA  

EUGENIO FERNÁNDEZ  CARLIER  

PATRICIA SALAZAR  CUÉLLAR  

NUBIA YOLANDA NOVA  GARCÍA  

Secretaria  

1          Folio 54 a 62.      

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