AP7017-2014(43377)

2014

Asistente Jurídico Inteligente

Selecciona un texto en la página o analiza el artículo completo.

ⓘ Puedes seleccionar un fragmento de texto o analizar el artículo completo.

    CORTE SUPREMA DE JUSTICIA  

SALA DE CASACIÓN PENAL  

PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR  

Magistrada ponente  

AP7017-2014  

Radicación n° 43377  

(Aprobado Acta n°390)  

Bogotá  D.C., trece (13) de noviembre de dos  mil catorce (2014).   

Se  pronuncia  la Sala sobre el desistimiento  del  recurso  de  casación  presentado  por  el defensor del procesado CEFERINO  MARTÍNEZ CARRILLO.   

ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES:  

1.  El  Juzgado  Noveno  Penal  del Circuito  Especializado  de  Bogotá, mediante sentencia del 14 de marzo de 2013, condenó  a  CEFERINO  MARTÍNEZ  CARRILLO como autor del delito de tráfico de sustancias  para  el  procesamiento  de  narcóticos  a las penas principales de 48 meses de  prisión  y  multa de 1333.33 salarios mínimos legales mensuales vigentes; a la  accesoria  de la inhabilidad para el ejercicio de derechos y funciones públicas  por  el mismo periodo que la pena principal; le negó la suspensión condicional  de  la  ejecución  de  la  pena;  y  adicionalmente  le  concedió  la prisión  domiciliaria.   

2.  Dicha decisión fue objeto de apelación  ante  el  Tribunal  Superior  de  Bogotá,  quien mediante providencia del 16 de  diciembre  de  2013  la  confirmó parcialmente, para revocar el subrogado de la  prisión domiciliaria que se le había concedido al procesado.   

3. Contra esta determinación, el defensor de  CEFERINO  MARTÍNEZ  CARRILLO  interpuso el recurso extraordinario de casación,  el cual aún no se ha decidido.   

4.  Mediante  solicitud  radicada  el  28 de  octubre  del año en curso, el mismo apoderado del procesado manifestó su deseo  de desistir del recurso extraordinario de casación.   

5.  Así  las cosas y por ser jurídicamente  viable,  la Sala aceptará el desistimiento del recurso de casación presentado,  toda  vez  que  de  conformidad  con  el  artículo  199  de la Ley 906 de 2004,  “Podrá  desistirse del recurso de casación y de la  acción de revisión antes que la Sala las decida.”.   

Por  lo  expuesto,  la  Corte  Suprema  de  Justicia, Sala de Casación Penal,   

RESUELVE:  

Aceptar  el  desistimiento  del  recurso  de  casación   presentado   por   el  defensor  del  procesado  CEFERINO  MARTÍNEZ  CARRILLO.   

Cópiese,   notifíquese,   cúmplase   y  devuélvase el expediente al Tribunal de origen.   

FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLERO  

JOSÉ LUIS BARCELÓ  CAMACHO   

JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ  

EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER  

MARÍA    DEL    ROSARIO    GONZÁLEZ  MUÑOZ   

GUSTAVO ENRIQUE MALO FERNÁNDEZ  

EYDER PATIÑO CABRERA  

PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR  

LUIS  GUILLERMO  SALAZAR OTERO   

NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA  

Secretaria.    

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *