AP6332-2014(36530)

2014

Asistente Jurídico Inteligente

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    CORTE SUPREMA DE JUSTICIA  

SALA DE CASACIÓN PENAL  

Eyder Patiño Cabrera  

Magistrado  Ponente   

AP6332-2014  

Radicación N° 36.530  

(Aprobado Acta N° 346)  

Bogotá,  D.C., veinte (20) de octubre de dos  mil catorce (2014)   

MOTIVO DE LA DECISIÓN  

Se  resuelve  el impedimento manifestado por  los  Honorables Magistrados María del Rosario González Muñoz y José Leonidas  Bustos   Martínez,   integrantes   de  la  Sala  de  Casación  Penal  de  esta  Colegiatura,  para  conocer  la  acción  de  revisión  presentada  a nombre de  Ariel     Antonio     Mahecha    Usgame.   

ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES  

1.  El 18 de abril de 2006, el Juzgado Penal  del   Circuito   de   Villeta   emitió  sentencia  condenatoria  en  contra  de  Ariel Antonio Mahecha Usgame,  por  los  delitos  de  homicidio  agravado  en  concurso  homogéneo y sucesivo,  homicidio  agravado  en grado de tentativa, hurto calificado y agravado, y porte  ilegal  de  armas de uso privativo de las Fuerzas Armadas y de defensa personal,  y  en  tal  virtud  le impuso una pena principal de treinta y ocho (38) años de  prisión.   

2.  La  Sala  Penal del Tribunal Superior de  Cundinamarca,  en  fallo  del  25  de agosto de 2006, confirmó la sentencia del  A quo, decisión frente a la  cual la defensa interpuso recurso de casación.   

3.  En  decisión del 3 de junio de 2009, la  Sala   de   Casación   Penal   de  esta  Corporación  no  casó  la  sentencia  impugnada.   

4.  A  través  de apoderado, el condenado presentó demanda mediante la  cual solicita la revisión del aludido fallo.   

5. Los señores magistrados arriba señalados  se  declararon  impedidos  para  decidir la acción de revisión, de conformidad  con el artículo 228 del Código de Procedimiento Penal.   

6. Incontrastable resulta la estructuración  de  la  causal  especial invocada, prevista en esa disposición, en armonía con  los   artículos   99.6   y  siguientes  del  mismo  Estatuto,  por  cuanto  los  funcionarios suscribieron la providencia cuyo examen se demanda.   

En  consecuencia, se procederá a aceptar el  impedimento  manifestados  por  los  Honorables  Magistrados  María del Rosario  González Muñoz y José Leonidas Bustos Martínez.   

En  mérito  de  lo  expuesto,  esta Sala de  Decisión de Tutelas de la Corte Suprema de Justicia,   

RESUELVE  

DECLARAR FUNDADO el  impedimento  manifestado  por  los  Honorables  Magistrados  María  del Rosario  González   Muñoz   y   José  Leonidas  Bustos  Martínez,  apartándolos  del  conocimiento de este asunto.   

Contra  esta  providencia no procede recurso  alguno.   

Comuníquese y cúmplase.  

Fernando Alberto Castro Caballero  

José Luis Barceló Camacho  

Eugenio Fernández Carlier  

Gustavo Enrique Malo Fernández  

Eyder Patiño Cabrera  

Patricia Salazar Cuéllar  

Luis Guillermo Salazar Otero  

Nubia Yolanda Nova García  

Secretaria  

    

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