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Proceso n.º 31069
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
MAGISTRADO PONENTE
AUGUSTO J. IBÁÑEZ GUZMÁN
Aprobado: Acta No. 267
Bogotá, D. C., veinticinco (25) de agosto de dos mil diez (2010).
MOTIVO DE LA DECISIÓN
La Corte, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 412 de la Ley 600 de 2000, procede a aclarar el fallo proferido el 3 de marzo del año en curso, mediante el cual se condenó a Carlos Alberto Palacios Palacio, en su condición de ex Gobernador del Departamento del Putumayo.
CONSIDERACIONES
1. El 2 de diciembre de 2008, el Despacho del Señor Fiscal General de la Nación, profirió resolución de acusación en contra de Carlos Alberto Palacios Palacio, a quien previamente identificó con la cédula de ciudadanía número 18.523.398 del Valle del Guamuez, hijo de Miguel Antonio Palacios Moncayo y Rosalía Palacios Ordoñez, nacido en Mocoa el 11 de febrero de 1963, en unión libre con Carolina González Vivas, padre de 3 hijos, filósofo de la Universidad Santo Tomás y Teólogo de la Universidad Javeriana.
2. Mediante fallo del 3 de marzo de 2010, la Sala profirió sentencia condenatoria en contra de Carlos Alberto Palacios Palacio, identificado con la cédula de ciudadanía número 18.523.398 del Valle del Guamuez, por lo que la Secretaría dispuso la remisión de las comunicaciones a las autoridades de ley.
3. A través de sendos informes, el Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, y la Registraduría Nacional del Estado Civil, solicitan a la Sala efectuar las correcciones respectivas, toda vez que el cupo numérico 18.523.398 no le pertenece al señor Carlos Alberto Palacios Palacio.
Verificada tal información, se tiene que concurrió un lapsus calami por parte del Señor Fiscal General de la Nación al momento de escribir el número de la cédula del señor Palacios Palacio, como que el correcto es 18.152.398 expedida en Valle del Guamuéz.
4. Advertida la inconsistencia numérica, es procedente aclarar la sentencia emanada de esta Corporación, con el único fin de corregir el número de la cédula de ciudadanía correspondiente al señor Carlos Alberto Palacios Palacio, según lo previene el artículo 412 de la Ley 600 de 2000.
En virtud de lo expuesto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia,
RESUELVE
Aclarar el fallo de fecha 3 de marzo de 2010, en el sentido de indicar que el número correcto de la cédula de ciudadanía correspondiente al señor Carlos Alberto Palacios Palacio, es 18.152.398 expedida en Valle del Guamuéz. Líbrense las comunicaciones respectivas.
Notifíquese y cúmplase.
MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ DE LEMOS
JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ
SIGIFREDO ESPINOSA PÉREZ
ALFREDO GÓMEZ QUINTERO
AUGUSTO J. IBÁÑEZ GUZMÁN
JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS
YESID RAMÍREZ BASTIDAS
JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA
JAVIER ZAPATA ORTIZ
TERESA RUIZ NÚÑEZ
Secretaria