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Proceso No 26362
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
Magistrado Ponente:
Dr. ALFREDO GÓMEZ QUINTERO
Aprobado Acta No. 150
Bogotá, D.C., veintitrés (23) de agosto de dos mil siete (2007)
MOTIVO DE LA DECISIÓN
Procede la Sala a declarar desierto el recurso de reposición interpuesto por el señor RANFER MANUEL RÍOS MERCADO, contra el auto del 27 de marzo del año en curso, por medio del cual la Corte negó las pruebas por solicitadas.
ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES
1. Mediante la providencia señalada, la Sala negó la práctica de los medios de convicción reclamados por el señor RÍOS MERCADO y dispuso que, en firme esa decisión, se corriera traslado a los interesados para que presentaran sus estudios previos al concepto de rigor.
2. El señor RÍOS MERCADO anotó en el acta de notificación “repongo”. El expediente quedó a disposición del reclamado y de la defensa en la Secretaría de la Sala por el término de 2 días, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 189 del Código de Procedimiento Penal.
3. El impugnante y su representante, sin embargo, guardaron silencio, lo que obliga a la Corte a declarar desierto el recurso y ordenar que se continúe con el trámite de este asunto.
En mérito de lo expuesto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia,
RESUELVE
Declarar desierto el recurso de reposición interpuesto por el señor RÍOS MERCADO contra el auto del 27 de marzo de 2007.
Dése cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 3º de la mencionada providencia.
Contra esta decisión no procede ningún recurso.
Notifíquese y cúmplase.
ALFREDO GÓMEZ QUINTERO
SIGIFREDO ESPINOSA PÉREZ MARIA DEL ROSARIO GONZÁLES DE LEMOS
AUGUSTO IBÁÑEZ GUZMÁN JORGE L. QUINTERO MILANÉS
YESID RAMÍREZ BASTIDAS JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA
MAURO SOLARTE PORTILLA JAVIER ZAPATA ORTÍZ
CITA MEDICA
TERESA RUÍZ NÚÑEZ
Secretaria