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Proceso No 26329
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
MAGISTRADO PONENTE
ÁLVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN
APROBADO ACTA N° 133.
Bogotá, D. C., veintitrés (23) de noviembre de dos mil seis (2006).
ASUNTO
La Sala se pronuncia sobre la competencia para conocer de la demanda de revisión presentada por el apoderado de Mario Hernando Suárez Roa.
CONSIDERACIONES
El apoderado del señor Mario Hernando Suárez Roa reclama la revisión de la sentencia condenatoria proferida en su contra por el Juzgado 2º Penal del Circuito de Vélez (Santander) el 25 de julio de 2002, por los delitos de peculado por apropiación en concurso heterogéneo con abuso de autoridad por acto arbitario e injusto.
De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 2º del artículo 75 del Código de Procedimiento Penal, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia conoce de la acción de revisión cuando la sentencia ejecutoriada haya sido proferida en única o segunda instancia por esta corporación o por los tribunales superiores de distrito, pues si la decisión fue tomada por un juez municipal o de circuito la competencia está asignada a la sala penal de decisión del Tribunal Superior del respectivo distrito, conforme a lo previsto en el numeral 3º del artículo 76 ibídem.
Así las cosas, la Corte se abstendrá de conocer el escrito y lo remitirá a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de San Gil.
Consecuente con lo expuesto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia,
RESUELVE
Primero. Abstenerse de conocer la demanda de revisión presentada por el apoderado de Mario Hernando Suárez Roa.
Segundo. Remitir el escrito a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de San Gil.
Notifíquese y cúmplase
MAURO SOLARTE PORTILLA
SIGIFREDO ESPINOSA PÉREZ ALFREDO GÓMEZ QUINTERO
ÁLVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN MARINA PULIDO DE BARÓN
JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS YESID RAMÍREZ BASTIDAS
Comisión de servicio
JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA JAVIER ZAPATA ORTIZ
TERESA RUIZ NÚÑEZ
Secretaria