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República de Colombia
Corte Suprema de Justicia
Proceso No 16991
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
MAGISTRADO PONENTE:
ÁLVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN
APROBADO ACTA No. 70
Bogotá, D. C., dos (02) de julio de dos mil dos (2002).
VISTOS
El señor RAFAEL JALABE JARABA desiste de la casación interpuesta contra la sentencia proferida el 8 de septiembre de 1999 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, que lo condenó como autor de los delitos de tentativa de homicidio agravado y porte ilegal de armas de defensa personal.
CONSIDERACIONES DE LA CORTE
El artículo 230 del Código de Procedimiento Penal, dispone que se podrá desistir de la casación antes de que la Sala decida.
En el presente asunto, el expediente se encontraba en traslado al Ministerio Público, según lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Penal.
En consecuencia, es procedente el desistimiento de la casación manifestado por el señor RAFAEL JALABE JARABA y coadyuvado por su defensor.
Con base en lo expuesto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia,
RESUELVE
Aceptar el desistimiento de la casación, manifestado por el señor RAFAEL JALABE JARABA y coadyuvado por su defensor.
Contra esta providencia procede el recurso de reposición.
Notifíquese, cúmplase y devuélvase al Tribunal de origen.
ÁLVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN
FERNANDO E. ARBOLEDA RIPOLL JORGE E. CORDOBA POVEDA
No hay firma
HERMAN GALAN CASTELLANOS CARLOS A. GÁLVEZ ARGOTE
JORGE ANÍBAL GÓMEZ GALLEGO EDGAR LOMBANA TRUJILLO
CARLOS E. MEJÍA ESCOBAR NILSON PINILLA PINILLA
TERESA RUIZ NUÑEZ
Secretaria