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Proceso No 21959
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
MAGISTRADO PONENTE
ÁLVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN
APROBADO ACTA No. 23
Bogotá, D. C., diecisiete (17) de marzo del dos mil cuatro (2004).
VISTOS
Se pronuncia la Sala sobre el recurso de casación interpuesto por el defensor de JOSÉ JAIME NARANJO CORREA contra la sentencia del 14 de mayo del 2003, dictada por el Tribunal Superior de Bogotá.
CONSIDERACIONES DE LA SALA
El 16 de julio del 2003, el defensor del señor JOSÉ JAIME NARANJO CORREA interpuso recurso de casación contra la sentencia del 14 de mayo, confirmatoria de la expedida el 5 de noviembre del 2002 por el Juzgado 13 Penal del Circuito de Bogotá, que lo condenó a 50 meses de prisión y multa de 4 salarios mínimos legales mensuales, por el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes.
La magistrada sustanciadora, por auto del 20 de agosto, concedió el recurso y ordenó darle traslado al defensor por el término de 30 días para presentar la demanda, plazo que empezaba a correr el 29 de septiembre y concluía el 11 de noviembre.
El 4 de noviembre, sin embargo, la magistrada sustanciadora lo amplió por 15 días más, atendiendo la oportuna solicitud que presentó el defensor. La prórroga, que entonces se inició el 12 de noviembre, extendió el término hasta el 3 de diciembre, último día de que disponía el recurrente para presentar la demanda.
Como el escrito apenas se recibió en la secretaría de esa Corporación el 4 de diciembre, su evidente extemporaneidad dará lugar a que la Sala lo inadmita y declare desierto el recurso de casación.
En mérito de lo expuesto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia,
RESUELVE
INADMITIR, por extemporánea, la demanda de casación presentada por el defensor de JOSÉ JAIME NARANJO CORREA.
Contra esta providencia procede el recurso de reposición.
Notifíquese y devuélvase al Tribunal de origen.
HERMAN GALÁN CASTELLANOS
Comisión de servicio
JORGE ANÍBAL GÓMEZ GALLEGO ALFREDO GÓMEZ QUINTERO
ÉDGAR LOMBANA TRUJILLO ÁLVARO O. PÉREZ PINZÓN
MARINA PULIDO DE BARÓN JORGE L. QUINTERO MILANÉS
YESID RAMÍREZ BASTIDAS MAURO SOLARTE PORTILLA
TERESA RUIZ NÚÑEZ
Secretaria