Asistente Jurídico Inteligente
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LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA
Magistrado Ponente
ATP871-2018
Radicación n.° 98023
Acta n.° 124
Bogotá, D.C., diecinueve (19) de abril de dos mil dieciocho (2018).
V I S T O S
Se pronuncia la Sala sobre la demanda de tutela interpuesta por el ciudadano FLORESMIRO RODRÍGUEZ SÁNCHEZ, contra el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Ibagué en actuación que se hizo extensiva a la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de la misma ciudad, por la presunta lesión de sus derechos constitucionales.
I. ANTECEDENTES Y TRÁMITE DE LA ACCIÓN
El ciudadano FLORESMIRO RODRÍGUEZ SÁNCHEZ promueve demanda, en procura de amparo para los derechos fundamentales que estima vulnerados por el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Ibagué.
La queja constitucional se contrae en esencia, a la inconformidad que manifiesta el actor frente a la sentencia de condena que por el delito de acto sexual abusivo con menor de 14 años se profirió en su contra, sin que a su juicio, existan “pruebas contundentes”.
Sometida a reparto la demanda de tutela, este despacho avocó el conocimiento por auto del 10 de abril hogaño ordenando la notificación de las autoridades judiciales accionadas.
La Secretaria del Tribunal Superior de Ibagué, Sala Penal acude al trámite, informando que revisado el sistema “Siglo XXI” el proceso con radicación No. 7300160004502150400 (NI 39705) seguido en contra del ahora accionante, arribó a esa Colegiatura con el propósito de resolver el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia condenatoria emitida por el Juzgado Segundo Penal del Circuito de esa ciudad, habiéndole correspondido por reparto al despacho del Magistrado IVANOV ARTEAGA GUZMÁN.
Advierte que el Magistrado Sustanciador registró proyecto de decisión el 9 de abril de 2018, por lo que el mismo pasó al siguiente Magistrado que conforma la Sala de Decisión, doctor HÉCTOR HERNÁNDEZ QUINTERO, quien se declaró impedido, lo que generó que el ponente junto con la Magistrada JULIETA ISABEL MEJÍA ARCILA emitieran proveído del 10 de abril siguiente, no aceptando el impedimento.
En consecuencia, el expediente fue remitido con oficio SPA-01018 del 12 de abril de los corrientes a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, para que proceda a dirimir el conflicto de competencia. Aporta copia de la decisión.
II. CONSIDERACIONES DE LA CORTE
Conforme se extrae del contenido de las diligencias allegadas al presente trámite, se tiene que en cuanto hace referencia a la presunta vulneración de derechos fundamentales del ciudadano FLORESMIRO RODRÍGUEZ SÁNCHEZ, con ocasión de la sentencia condenatoria proferida en su contra por el delito de acto sexual abusivo con menor de 14 años, la Sala Penal del Tribunal Superior de Ibagué no se encuentra involucrada, pues según se ha logrado determinar, si bien el proceso fue remitido a dicha corporación judicial para desatar la alzada propuesta contra el fallo de condena reprobado por el actor, lo cierto es que hasta ahora no se ha emitido la decisión que resuelve el recurso.
Así las cosas, surge evidente que la queja constitucional no se hace extensiva a la Sala Penal del Tribunal Superior de Ibagué, por manera que, siguiendo las reglas señaladas en numeral 5º, artículo 1º del Decreto 1983 de 2017 se procederá a enviarle la actuación para que asuma el conocimiento de la acción en primera instancia, no sin antes decretar la nulidad del auto de fecha 10 de abril de 2018 a través del cual se avocó conocimiento de este trámite, dejando a salvo las pruebas.
En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN PENAL, SALA SEGUNDA DE DECISIÓN DE TUTELAS,
R E S U E L V E
1.- DECLARAR LA NULIDAD del auto emitido el pasado 10 de abril de 2018, por medio del cual se avocó conocimiento de la presenta actuación, dejando a salvo las pruebas.
2.- De inmediato, por Secretaría de esta Sala remítanse las diligencias, a la Sala Penal del Tribunal Superior de Ibagué.
3.- Comuníquese esta decisión al interesado de
conformidad con el artículo 16 del Decreto 2591 de 1991.
Cúmplase.
LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA
(COMISIÓN DE SERVICIOS)
JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO
FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLERO
NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA
Secretaria