Asistente Jurídico Inteligente
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LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA
Magistrado ponente
ATP236-2018
Radicación No. 95614
(Aprobado acta No. 010)
Aprobado acta No. 010)
Bogotá, D.C., dieciocho (18) de enero dos mil dieciocho (2018).
VISTOS:
Se resuelve el impedimento expresado por un Magistrado de la Sala de Tutelas 2 de esta Corte, quien invocó la causal 6ª del artículo 56 de la Ley 906 de 2004.
ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES:
Dentro de la acción de tutela promovida por JOSÉ LEONAIRO DORADO GAVIRIA, el Magistrado Fernando Alberto Castro Caballero declaró su impedimento para conocer la demanda de amparo presentada, dado que emitió una de las providencias censuradas.
Lo anterior no ofrece duda alguna, en razón a que el referido Magistrado fue, en su condición de ponente, el autor de la sentencia de segunda instancia, por medio del cual se confirmó la condena impuesta al peticionario por el Juzgado 1° Penal del Circuito Especializado de Bogotá. En ese orden, dado que la presente demanda de tutela se promovió con el propósito de modificar tal providencia, es palmario que le asiste razón.
En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal,
RESUELVE:
ACEPTAR el impedimento manifestado por el Magistrado Fernando Alberto Castro Caballero.
Contra esta decisión no proceden recursos.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA
JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO
NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA
Secretaria