ATP1428-2019

2019

Asistente Jurídico Inteligente

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LUIS  ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA  

Magistrado  ponente  

ATP1428-2019  

Radicación  n.° 105847  

Acta  232  

Bogotá  D.C., diez (10) de septiembre de dos mil diecinueve (2019).  

    VISTOS:  

Se resuelve el  impedimento conjunto expresado por los Magistrados José  Francisco Acuña Vizcaya y Eugenio Fernández Carlier de  la Sala No. 3 de Tutelas, así como el manifestado por la  Magistrada Patricia Salazar Cuéllar de la Sala 2 de Tutelas y,  posterior a ello la manifestación de los Magistrados Eyder  Patiño Cabrera y Luis Guillermo Salazar Otero de la Sala No. 1  de Tutelas con fundamento en la causal 6ª del artículo 56  de  la Ley 906 de 2004.  

ANTECEDENTES  Y CONSIDERACIONES:  

Los  Magistrados  Patricia Salazar Cuéllar, Eugenio Fernández Carlier,  José Francisco Acuña Vizcaya, Eyder Patiño  Cabrera y Luis Guillermo Salazar Otero manifestaron  su impedimento para conocer la acción de tutela promovida por  LINA MARITZA TRIVIÑO MUÑOZ contra las Salas de Decisión  No. 1 y 3 de la Corte Suprema de Justicia.  

Para  el efecto, explicaron que la presente solicitud de protección  constitucional está dirigida a dejar sin efectos el fallo de  primera instancia STP5406-2018 que suscribieron el 24 de abril de  2018 cuando conformaban la Sala 3 de Tutelas de la Sala de Casación  Penal, por cuyo medio declararon improcedente la acción  promovida por TRIVIÑO MUÑOZ.  

Así  mismo, que el 3 de julio de 2018 la Sala de Decisión de  Tutelas No. 1 profirió la sentencia STP8784-2018 en primera  instancia por la cual declaró improcedente el amparo  solicitado por Yeni Carolina Achiardi León, decisión  que  censura también la accionante.  

Lo  configuración de la causal invocada no ofrece duda alguna, al  verificar que, efectivamente, los referidos Magistrados suscribieron  la decisión reseñada.  

En consecuencia,  se aceptará el impedimento manifestado por los doctores  Patricia Salazar Cuéllar, Francisco Acuña Vizcaya,  Eugenio Fernández Carlier, Eyder Patiño Cabrera y Luis  Guillermo Salazar Otero.  

En  mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de  Casación Penal,  

RESUELVE:  

ACEPTAR el  impedimento manifestado por los  doctores Patricia Salazar Cuéllar, Francisco Acuña  Vizcaya y Eugenio Fernández Carlier.  

Contra  esta decisión no proceden recursos.  

NOTIFÍQUESE  Y CÚMPLASE.  

LUIS  ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA  

JAIME  HUMBERTO MORENO ACERO  

NUBIA YOLANDA  NOVA GARCÍA  

Secretaria  

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