AP7298-2014(42806)

2014

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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA  

SALA DE CASACIÓN PENAL  

JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ  

Magistrado Ponente  

AP7298-2014  

Radicación N°42806  

(Aprobado   Acta  No.407)   

Bogotá D.C., veintiséis (26) de noviembre de  dos mil catorce (2014).   

Se  pronuncia  la  Corte  sobre el recurso de  reposición  interpuesto  por  el  apoderado de MARÍA  LUCÍA  HINCAPÍE  y  ROGER  FRANK  HERNÁNDEZ GÓMEZ contra el auto de 27 de agosto  del  año  en  curso,  mediante  el  cual  inadmitió  la  demanda  de revisión  promovida contra los fallos de instancia.   

SE CONSIDERA  

1. El 27 de agosto del año en curso la Sala  inadmitió  la  demanda de revisión presentada por el apoderado de MARÍA  LUCÍA  HINCAPIÉ  y  ROGER  FRANK  HERNÁNDEZ  GÓMEZ  contra la  sentencia  dictada  en  segunda instancia por el Tribunal Superior de Cali el 11  de  noviembre  de 2004, en el proceso adelantado en su contra por los delitos de  secuestro extorsivo agravado y hurto calificado.   

2. El 29 de agosto, la Secretaría de la Sala  envió  telegrama al apoderado de los accionantes comunicando el contenido de la  decisión  adoptada  y la posibilidad de interponer recurso de reposición en su  contra.  El  primero  de  septiembre la notificó personalmente al representante  del  ministerio  público,  y  el  12 de septiembre lo hizo por estado, cobrando  ejecutoria el día 17 a las 5 de la tarde.   

3.  La Secretaría de la Sala informa que el  escrito   de   reposición   suscrito   por   el   apoderado   de   MARÍA  LUCÍA  HINCAPIÉ  y  ROGER  FRANK HERNÁNDEZ GÓMEZ fue recibido  vía  fax el día 18 de septiembre, a las 3:38 p. m., es decir, un día después  de  haberse  vencido  el término establecido para su interposición, situación  que  determina  que no pueda ser tenido en cuenta, por haber sido interpuesto en  forma extemporánea.     

En  mérito de lo expuesto, LA CORTE SUPREMA  DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN PENAL,   

RESUELVE  

Declarar   extemporáneo   el  recurso  de  reposición  interpuesto  por  el  apoderado  de MARÍA  LUCÍA   HINCAPIÉ  y  ROGER  FRANK  HERNÁNDEZ GÓMEZ contra el auto 27 de agosto de  2014, mediante el cual la Sala inadmitió la demanda revisión.   

Contra   esta   decisión   no   proceden  recursos.   

          NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE   

                FERNANDO      ALBERTO     CASTRO  CABALLERO   

JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO  

JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ  

EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER  

MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ MUÑOZ  

GUSTAVO ENRIQUE MALO FERNÁNDEZ  

EYDER PATIÑO CABRERA  

PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR  

LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO  

NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA  

Secretaria  

    

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