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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA
Magistrado ponente
AP4747 – 2016
Radicación 46623
(Aprobado Acta No. 224)
Bogotá D.C., veintisiete (27) de julio de dos mil dieciséis (2016).
VISTOS:
Se pronuncia la Sala sobre el desistimiento del recurso de casación presentado por el defensor de la procesada JULIETH TRIANA FIGUEROA.
ANTECEDENTES:
Mediante fallo del 25 de mayo de 2015, recurrido en casación, el Tribunal Superior de Bogotá confirmó la sentencia de primer grado proferida el 20 de marzo anterior por el Juzgado Veintitrés Penal del Circuito de la misma ciudad, a través de la cual fue condenada la mencionada ciudadana por los delitos de concierto para delinquir, hurto calificado y agravado en la modalidad consumada y en concurso homogéneo y sucesivo, hurto calificado y agravado en la modalidad tentada y fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, según hechos ocurridos en el mes de febrero de 2013.
Encontrándose el asunto en turno para calificar la demanda de casación, el defensor de los acusados allegó un escrito en el cual expresó que desiste del recurso extraordinario.
CONSIDERACIONES DE LA CORTE:
Ha sido tradición jurídica en nuestro medio conferir a los impugnantes la facultad de desistir de los recursos, según se puede constatar en los artículos 199 de la Ley 600 de 2000, 212 del Decreto 2700 de 1991 y 215 del Decreto 050 de 1987.
Así también ocurre en la Ley 906 de 2004, estatuto que gobierna el presente procedimiento, pues en su artículo 199 dispone: “Desistimiento. Podrá desistirse del recurso de casación y de la acción de revisión antes de que la Sala las decida”.
De acuerdo con lo anterior y en atención a que el escrito de la defensa se encuentra dentro de la exigencia legal, es decir, aún no ha sido resuelta la impugnación extraordinaria, se impone aceptar el desistimiento del recurso de casación presentado por el defensor.
En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN PENAL,
RESUELVE:
ADMITIR el desistimiento del recurso de casación presentado por el defensor de JULIETH TRIANA FIGUEROA.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
GUSTAVO ENRIQUE MALO FERNÁNDEZ
JOSÉ FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA
JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO
FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLERO
EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER
LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA
EYDER PATIÑO CABRERA
PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR
LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO
NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA
Secretaria