Asistente Jurídico Inteligente
Selecciona un texto en la página o analiza el artículo completo.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ
Magistrado Ponente
AP1692-2015
Radicación No. 41331
(Aprobado acta No. 145)
Bogotá, D.C., veintisiete (27) de abril de dos mil quince (2015).
Los Honorable Magistrados JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO, FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLERO, MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ MUÑOZ, GUSTAVO ENRIQUE MALO FERNÁNDEZ y LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO se declaran impedidos para intervenir en el trámite y decisión de esta acción de revisión, por cuanto adoptaron la providencia del 24 de abril de 2013, mediante la cual se inadmitió la demanda de casación en el asunto que ahora es objeto de la acción de revisión.
Teniendo en cuenta que la razón expuesta por los Magistrados se halla consagrada en el numeral 6º del artículo 56 de la Ley 906 de 2004 y en el artículo 197 ibídem, en tanto participaron en la deliberación y suscribieron la referida providencia del 24 de abril de 2013, la Sala aceptará el impedimento manifestado por ellos y dispondrá su separación del conocimiento del asunto.
En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal,
RESUELVE
ACEPTAR los impedimentos manifestados por los doctores JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO, FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLERO, MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ MUÑOZ, GUSTAVO ENRIQUE MALO FERNÁNDEZ y LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO, y ordenar su separación del conocimiento del asunto.
Contra esta decisión no proceden recursos.
Notifíquese y cúmplase.
JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ
Magistrado
EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER
Magistrado
EYDER PATIÑO CABRERA
Magistrado
PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR
Magistrada
LUIS BERNARDO ALZATE GÓMEZ
Conjuez
YEZID VIVEROS CASTELLANOS
Conjuez
DIEGO EUGENIO CORREDOR BELTRÁN
Conjuez
ALFONSO DAZA GÓNZALEZ
Conjuez
NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA
Secretaria