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Proceso No 27411
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
MAGISTRADO PONENTE
ÁLVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN
Bogotá. D.C., seis (06) de junio de dos mil siete (2007).
Se remite el expediente contentivo de la revisión presentada por el apoderado de Jairo Belén Murcia, respecto de los fallos proferidos por el Juzgado 154 Penal Militar de Primera Instancia, con sede en Ibagué, y el Tribunal Superior Militar, en atención a que los suscritos magistrados firmamos el auto del 1° de diciembre de 2004 (radicado 22.908), mediante el cual se inadmitieron las demandas de casación discrecional formuladas por las defensoras del señor Ballén Murcia y de Alex Carvajal Parra.
Sin embargo, ello no constituye causal de impedimento, dado, de una parte, que la Corte en esa oportunidad no se pronunció de fondo del asunto, sino que resolvió inadmitir las demandas por no cumplir con las exigencias previstas en los artículos 205 y 212, numeral 3°, del Código de Procedimiento Penal; y, de otra, porque en su decisión la Corte no se ocupó en manera alguna del tema formulado en revisión, la ulterior presencia de prueba nueva.
En consecuencia no existe causal de impedimento.
Remítanse las diligencias al despacho del doctor Julio Enrique Socha Salamanca para lo pertinente.
Cúmplase.
ALFREDO GÓMEZ QUINTERO
SIGIFREDO ESPINOSA PÉREZ ÁLVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN
MARINA PULIDO DE BARÓN JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS
YESID RAMÍREZ BASTIDAS MAURO SOLARTE PORTILLA
TERESA RUIZ NÚÑEZ
Secretaria