Asistente Jurídico Inteligente
Selecciona un texto en la página o analiza el artículo completo.
República de Colombia
Corte Suprema de Justicia
Proceso No 16428
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
MAGISTRADO PONENTE
ÁLVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN
Aprobado: Acta No. 37
Bogotá, D. C., dos (02) de abril de dos mil dos (2002).
VISTOS
Se pronuncia la Sala sobre la viabilidad de cesar el procedimiento seguido contra el señor César Hernando Villegas Arciniégas.
ANTECEDENTES
Mediante sentencia del 13 de noviembre de 1998, un Juzgado Regional de Bogotá condenó al señor César Hernando Villegas Arciniégas como autor del delito de enriquecimiento ilícito. El fallo fue recurrido y, en decisión del 19 de abril de 1999, el Tribunal Nacional declaró una nulidad parcial y confirmó la condena por ese ilícito en cuantía de $15’600.000.
El defensor interpuso recurso de casación y la Sala debería pronunciarse de fondo sobre la demanda que en su sustento se presentó, pero se ocupará del escrito del pasado 19 de marzo, por medio del cual el defensor solicita la cesación de procedimiento por muerte del sindicado.
CONSIDERACIONES
El señor defensor allegó copia auténtica del registro civil de defunción 03767004, que acredita que el cuatro de marzo del año en curso falleció César Hernando Villegas Arciniégas, identificado con la cédula de ciudadanía 19.233.033, con lo que se demuestra que quien murió es la misma persona contra la cual se adelantaba la investigación penal.
El artículo 82 del Código Penal regula como una de las causales de extinción de la acción penal la muerte del procesado. Por manera que, acreditado el deceso del sujeto pasivo de la misma, se impone cesar el procedimiento seguido contra el señor César Hernando Villegas Arciniégas, porque de conformidad con los artículos 82 del Código Penal y 38 y 39 del de Procedimiento Penal, la acción penal no puede proseguirse en su contra.
En mérito de lo expuesto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia,
RESUELVE
Cesar el procedimiento seguido contra el señor César Hernando Villegas Arciniégas.
Devuélvase el expediente al despacho de origen.
Notifíquese y cúmplase.
ÁLVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN
FERNANDO E. ARBOLEDA RIPOLL JORGE E. CORDOBA POVEDA
HERMAN GALÁN CASTELLANOS CARLOS A. GALVEZ ARGOTE No hay firma
JORGE ANÍBAL GOMEZ GALLEGO EDGAR LOMBANA TRUJILLO
CARLOS E. MEJÍA ESCOBAR NILSON E. PINILLA PINILLA
No hay firma
TERESA RUIZ NUÑEZ
Secretaria