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Proceso No 16223
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
Magistrado ponente:
Nilson Pinilla Pinilla
Aprobado acta N°056
Bogotá, D. C., mayo veintiocho (28) de dos mil dos (2002).
ASUNTO
Resuelve la Corte el desistimiento presentado por el defensor del procesado JOSÉ FRANCISCO ALDANA GARCÍA, de la casación interpuesta contra el fallo del 14 de enero de 1999 del Tribunal Superior de Neiva, que confirmó el proferido por el Juzgado Primero Penal del Circuito de La Plata (Huila).
CONSIDERACIONES DE LA CORTE
A nombre de los procesados JOSÉ FRANCISCO ALDANA GARCÍA y LUIS EDUARDO CALDERÓN LAVERDE fueron presentadas sendas demandas de casación y estando el expediente en la Corte para fallo, el apoderado del primero de los nombrados expresó por escrito su voluntad de desistir “del recurso de casación interpuesto” (f. 50 cd. de la Corte).
El artículo 230 de la Ley 600 de 2000, declarado exequible por la Corte Constitucional (sentencia C-260 de marzo 7 de 2001, M. P. Alfredo Beltrán Sierra), establece la posibilidad de desistir de la casación y de la acción de revisión antes de que sean decididas por la Sala; de modo que siendo oportuno y procedente el desistimiento anunciado por la defensa de ALDANA GARCÍA, debe aceptarse, puesto que no ha sido resuelta la impugnación en casación.
Además, contrario a lo que se había resuelto en anterior oportunidad y revisado el punto a la luz de los procedimientos penal y civil, no aparece legalmente perentorio que el defensor haya sido autorizado expresamente para desistir, en orden a que su manifestación en tal sentido sea atendida.
En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal,
RESUELVE:
1.- ACEPTAR el desistimiento de la casación manifestado por el defensor del procesado JOSÉ FRANCISCO ALDANA GARCÍA.
2.- Contra esta decisión procede el recurso de reposición.
Cópiese, notifíquese y cúmplase.
ÁLVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN
FERNANDO E. ARBOLEDA RIPOLL JORGE E. CÓRDOBA POVEDA
HERMAN GALÁN CASTELLANOS CARLOS AUGUSTO GÁLVEZ ARGOTE
No hay firma
JORGE ANÍBAL GÓMEZ GALLEGO ÉDGAR LOMBANA TRUJILLO
CARLOS EDUARDO MEJÍA ESCOBAR NILSON PINILLA PINILLA
TERESA RUIZ NÚÑEZ
Secretaria