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Proceso N° 15939
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION PENAL
Magistrado Ponente
Dr. HERMAN GALAN CASTELLANOS
Aprobado acta No. 103
Bogotá D.C. veintitrés (23) de julio de dos mil uno (2001)
VISTOS
Decide la Corte la solicitud de desistimiento del recurso extraordinario de casación interpuesto por el procesado JORGE ELIECER OROSTEGUI contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, de octubre 30 de 1998 por el delito de homicidio.
CONSIDERACIONES DE LA CORTE
1.- El recurso extraordinario de casación fue interpuesto por el defensor de los procesados JORGE ELIECER OROSTEGUI y JUAN CARLOS OROSTEGUI GARCIA contra la sentencia de segunda instancia que confirmó la pena de 25 años de prisión, impuestos en la de primera por el delito de homicidio.
2.- En el escrito que obra a folio 17 del cuaderno de la Corte, el procesado JORGE ELIECER OROSTEGUI manifiesta que desiste del recurso de casación interpuesto porque “…me encuentro afectado para efectos de clasificación en el sistema progresivo penicentral y deseo ejecutoriar la sentencia ante jueces de ejecución…”
De la anterior petición se dio traslado a su defensor quien en escrito que obra a folio 28 manifiesta que no coadyuva el desistimiento del recurso de casación.
3.- El artículo 137 del Código de Procedimiento Penal, establece que: “ Cuando existan peticiones contradictorias entre el sindicado y su defensor, prevalecerán estas últimas”
Como en este caso que ocupa la atención de la Sala se presenta tal situación, no es procedente la solicitud de desistimiento del recurso extraordinario de casación presentado por el procesado JORGE ELIECER OROSTEGUI, por lo cual se denegará.
En mérito de lo expuesto la Corte Suprema de Justicia, en Sala de Casación Penal,
RESUELVE
1.- NO ACEPTAR el desistimiento del recurso de casación extraordinario de casación presentado por el procesado JORGE ELIECER OROSTEGUI.
2.- Por la Secretaría de la Sala remítase las actuación al señor Procurador Delegado para lo de su cargo.
Cópiese, notifíquese y cúmplase.
CARLOS EDUARDO MEJIA ESCOBAR
FERNANDO E. ARBOLEDA RIPOLL JORGE E. CORDOBA POVEDA
HERMAN GALAN CASTELLANOS CARLOS A. GALVEZ ARGOTE
JORGE A. GOMEZ GALLEGO EDGAR LOMBANA TRUJILLO
ALVARO O. PEREZ PINZON NILSON PINILLA PINILLLA
TERESA RUÍZ NÚÑEZ
Secretaria