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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR
Magistrada Ponente
AP6661-2015
Radicación No. 45.670
Acta No. 404
Bogotá D.C., once (11) de noviembre de dos mil quince (2015).
Una vez efectuado el sorteo de Conjueces de esta Corporación1, corresponde a la Sala pronunciarse sobre el impedimento manifestado por los H. Magistrados JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO, JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ, FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLERO, EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER, GUSTAVO ENRIQUE MALO FERNÁNDEZ, EYDER PATIÑO CABRERA y LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO con fundamento en lo dispuesto en el numeral 6º del artículo 99 y 228 de la Ley 600 de 2000.
Lo anterior, porque como integrantes de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, suscribieron la providencia del 18 de diciembre de 2013, Rad. 40.722, mediante la cual esta Corporación inadmitió la demanda de casación formulada por el representante judicial de SEGUNDO ARMANDO GUTIERREZ DELGADO y otros.
Al configurarse la causal aludida del Código de Procedimiento Penal (Num. 6º art. 99 Ley 600 de 2000) consistente en que «el funcionario…hubiere participado dentro del proceso», los suscritos Magistrados y Conjueces aceptamos el impedimento propuesto y en consecuencia, los H. Magistrados JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO, JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ, FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLERO, EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER, GUSTAVO ENRIQUE MALO FERNÁNDEZ, EYDER PATIÑO CABRERA y LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO, serán separados del conocimiento de este asunto.
Comuníquese y cúmplase
PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR
Magistrada
ALFONSO DAZA GONZÁLEZ
Conjuez
FABIO ESPITIA GARZÓN
Conjuez
ABEL DARÍO GONZÁLEZ SALAZAR
Conjuez
RAMIRO ALONSO MARÍN VÁSQUEZ
Conjuez
RICARDO POSADA MAYA
Conjuez
JUAN CARLOS PRÍAS BERNAL
Conjuez
YEZID VIVEROS CASTELLANOS
Conjuez
NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA
Secretaria
1 Conforme se ordenó por auto de 17 de septiembre de 2015. Flo 115 Cdo de la Corte.