AP5902-2014(43353)

2014

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    CORTE SUPREMA DE JUSTICIA  

SALA DE CASACIÓN PENAL  

JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ  

Magistrado Ponente  

AP5902-2014  

Radicación N°43353  

(Aprobado   Acta  No.318)   

Bogotá D.C., veinticuatro (24) de septiembre  de dos mil catorce (2014).   

Los  Magistrados  doctores Eugenio Fernández  Carlier,  José  Luis  Barceló  Camacho,  Fernando  Alberto  Castro Caballero y  María  del Rosario González Muñoz se declaran impedidos  para intervenir  en  el  trámite y decisión de esta acción de revisión, por cuanto el primero  de  ellos, siendo Magistrado del Tribunal Superior de Bucaramanga, suscribió el  fallo  de segunda instancia del 27 de octubre de 2009, y los restantes adoptaron  la  providencia  del  18  de  mayo de 2011, mediante la cual se inadmitieron las  demandas  de  casación  en  el  asunto  que  ahora  es  objeto de la acción de  revisión.   

Como la razón expuesta por los Magistrados se  halla  consagrada  como causal de inhibición en los artículos 99.6 y 228 de la  Ley  600  de  2000,  estatuto  aplicable  al  caso  en virtud de la fecha en que  ocurrieron  los hechos, la Sala aceptará el impedimento manifestado por ellos y  dispondrá  su  separación del conocimiento del asunto, sin que haya lugar a su  reemplazo,  en  virtud  de  lo  dispuesto  en  el  artículo 54 de la Ley 270 de  1996.    

En mérito de lo expuesto, LA CORTE SUPREMA DE  JUSTICIA, SALA DE CASACION PENAL,   

R E S U E L V E  

          Aceptar los impedimentos manifestados por  los  doctores  Eugenio Fernández Carlier, José Luis Barceló Camacho, Fernando  Alberto  Castro  Caballero  y  María del Rosario González Muñoz, y ordenar su  separación del conocimiento del asunto.   

Contra   esta   decisión   no   proceden  recursos.   

          NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE   

JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ  

GUSTAVO ENRIQUE MALO FERNÁNDEZ  

EYDER PATIÑO CABRERA  

PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR  

LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO  

NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA  

Secretaria  

    

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