Asistente Jurídico Inteligente
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Proceso n.º 34452
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
Bogotá, D. C., agosto veinticinco (25) de dos mil diez (2010).
Los ciudadanos William Manzano Mercado y Jhon Jairo Espinal Cortés a través de apoderado, promueven acción de revisión dentro del proceso que conoció esta Sala con ocasión del recurso de casación interpuesto contra el fallo de segunda instancia proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga, de 15 de septiembre de 2007.
En consecuencia, por haber suscrito el 25 de junio de 2008 la sentencia mediante la cual se inadmitió la demanda de casación, los Magistrados firmantes manifestamos de manera conjunta que estamos impedidos para conocer del trámite de la acción propuesta, atendiendo la preceptiva del numeral 6° del artículo 56 de la Ley 906 de 2004, que reza :
ART 56 Causales de impedimento. Son causales de impedimento:
6 Que el funcionario haya dictado la providencia de cuya revisión se trata, o hubiere participado dentro del proceso…
Por tanto, envíese la actuación a la Presidencia de la Sala para sorteo de Conjueces.
Cúmplase,
MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ DE LEMOS
JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ SIGIFREDO ESPINOSA PÉREZ
ALFREDO GÓMEZ QUINTERO AUGUSTO IBÁÑEZ GUZMÁN
JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS YESID RAMÍREZ BASTIDAS
JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA JAVIER ZAPATA ORTIZ
TERESA RUIZ NÚÑEZ
Secretaria.