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PROCESO No. 15253
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION PENAL
Magistrado Ponente:
Dr: RICARDO CALVETE RANGEL
Aprobado Acta No. 195
Santa Fe de Bogotá D.C., diciembre dieciséis de mil novecientos noventa y ocho.
VISTOS:
Resuelve la Sala sobre la admisibilidad de la demanda de casación excepcional interpuesta por el defensor del procesado GENRRY ALBERTO ALONSO PEREIRA.
ANTECEDENTES:
1º.- El Juzgado Treinta y Cuatro Penal Municipal de Santa Fe de Bogotá condenó a GENRRY ALBERTO ALONSO PEREIRA por la contravención especial de estafa a la pena principal de seis (6) meses de arresto.
2º.- El fallo fue apelado por el defensor, y el Juzgado Veintiuno Penal del Circuito confirmó en su integridad la sentencia recurrida.
3º.- Contra dicha decisión se interpuso recurso extraordinario de casación excepcional, el cual fue concedido por el despacho que conoció de la segunda instancia, ordenando correr los traslados correspondientes. Una vez presentada la demanda las diligencias se remitieron a ésta Corporación.
CONSIDERACIONES DE LA SALA:
1º.- Tratándose del recurso de casación excepcional contemplado en el inciso final del artículo 218 del Código de Procedimiento Penal, la competencia para admitirlo o no está adscrita a ésta Corporación, de manera que el funcionario de instancia se debía haber limitado a remitir el expediente sin ningún pronunciamiento de su parte, pues al hacerlo incurrió en la causal de nulidad prevista en el numeral 1º. del artículo 304 del Código de procedimiento Penal.
2. De otra parte, el recurso de casación procede contra sentencias de segunda instancia dictadas por delitos, no por contravenciones, tal como lo establece el primer inciso de la norma anteriormente citada, de modo que ese tipo de fallos no tienen recurso extraordinario.
Como en caso sub-examine el procesado fue condenado por la contravención especial de Estafa, esa es una razón suficiente para inadmitir el recurso interpuesto.
En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia -Sala de Casación Penal-
RESUELVE:
1. DECRETAR la nulidad del auto por medio del cual el Juzgado Veintiuno Penal del Circuito de Santa Fe de Bogotá admitió el recurso de casación excepcional, y del trámite subsiguiente.
2. INADMITIR el recurso de casación excepcional interpuesto por el defensor del procesado GENRRY ALBERTO ALONSO PEREIRA, contra la sentencia condenatoria proferida por la contravención especial de estafa.
Cópiese, Notifíquese y Cúmplase,
JORGE ENRIQUE CORDOBA POVEDA
FERNANDO E. ARBOLEDA RIPOLL RICARDO CALVETE RANGEL
CARLOS A. GALVEZ ARGOTE JORGE ANIBAL GOMEZ GALLEGO
EDGAR LOMBANA TRUJILLO CARLOS E. MEJIA ESCOBAR
DIDIMO PAEZ VELANDIA NILSON PINILLA PINILLA
PATRICIA SALAZAR CUELLAR
Secretaria