LEY 7 DE 1951
LEY 7 DE 1951 (DICIEMBRE 17 DE 1951) Sobre crédito popular e industrial. El Congreso de Colombia DECRETA: Articulo 1. El Banco Popular tendrá las facultades de que trata el artículo 10 de la Ley 57 de 1931 con las limitaciones establecidas en el artículo 86 de la Ley 45 de 1923 y demás disposiciones […]
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