LEY 92 DE 1938
LEY 92 DE 1938 (JUNIO 11 DE 1938) Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre registro civil y cementerios El Congreso de Colombia DECRETA Artículo 1 Los encargados de llevar el registro del estado civil de las personas serán: 1 Los Notarios, y en los municipios donde no haya este funcionario el Alcalde Municipal, y […]
Ver Ley completa...