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LEY 36 DE 1916

LEY 36 DE 1916 (OCTUBRE 14 DE 1916) Adicional a la 3ª de este año  El Congreso de Colombia  DECRETA:  Artículo 1º. Los auxilios que han venido pagándose a las Universidades y a los Colegiosoficiales enumerados en el capítulo 52  de  la  liquidación  general de los PresupuestosNacionales para  el año económico de  mil novecientos diez y seis, se  pagarán de preferencia  ente los gastos del ordinal 8º del artículo 2º […]

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