LEY 910 DE 2004

Leyes 2004
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LEY 910 DE 2004

 

 

 LEY 910 DE 2004

(octubre 1o.)

Diario Oficial No. 45.691 de 4 de octubre de 2004

Por la cual la Nación se asocia a los 128 años de fundación del municipio de Puerto Berrío, departamento de Antioquia.

 

EL CONGRESO DE COLOMBIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. La Nación se vincula a la conmemoración de los ciento veintiocho (128) años de fundación del municipio de Puerto Berrío, departamento de Antioquia, que se cumplen el primero de septiembre de 2003.

 

ARTÍCULO 2o. Exaltar el empuje y tesón por lograr el desarrollo económico de la ciudad y su reconocimiento a su valioso aporte al progreso e integración de la comunidad antioqueña.

 

ARTÍCULO 3o. El Congreso de la República rendirá honores a la población del municipio de Puerto Berrío (departamento de Antioquia), mediante placa que será impuesta en acto solemne con la participación de todas las autoridades municipales.

 

ARTÍCULO 4o. La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación.

 

 

El Presidente del honorable Senado de la República,

LUÍS HUMBERTO GÓMEZ GALLO.

 

El Secretario General del honorable Senado de la República,

EMILIO RAMÓN OTERO DAJUD.

 

La Presidenta de la honorable Cámara de Representantes,

ZULEMA JATTIN CORRALES.

 

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

ANGELINO LIZCANO RIVERA.

 

REPUBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAL

Publíquese y cúmplase.

 

Dada en Bogotá, D. C., a 1o. de octubre de 2004.

 
 

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

 

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