LEY 49 DE 1988

Leyes 1988
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LEY 49 DE 1988  

(Noviembre 8)  

Por la cual la   Nación Se asocia a la conmemoración de los treinta (30) años de la fundación de   la Universidad Santiago de Cali, en la ciudad de Santiago de Cali, Departamento   del Valle del Cauca y se dictan otras disposiciones.  

El Congreso de   Colombia  

DECRETA:  

ARTICULO   1º.-La Nación se asocia a la conmemoración de los treinta (30) años de   fundada la Universidad Santiago de Cali, en la ciudad de Cali, Departamento del   Valle del Cauca, el 26 de septiembre de 1957 y exalta su gran aporte a la   formación intelectual, científica y moral de varias generaciones y, por ende, su   valiosa contribución al desarrollo educativo y cultural de esta región del país.  

ARTICULO   2º.-A partir de la sanción de la presente Ley y, de conformidad con lo   dispuesto en el numeral 20 del artículo 76 de la Constitución Nacional,   autorizase al Gobierno Nacional con el fin de que planifique y ponga en   ejecución las siguientes obras de interés social y beneficio común en la cuidad   de Cali, las cuales son indispensables para la gran empresa educativa que tiene   a su cargo la Universidad Santiago de Cali:  

1. Terminación   de la sede de la Universidad, consistente en la construcción del bloque   administrativo, el Instituto de Aplicación Pedagógica, la Biblioteca, la Sala de   Computo y los laboratorios de ciencias básicas, electricidad y electrónica.  

Parágrafo, Las   anteriores obras serán construidas en el lote de propiedad de la Universidad,   situado en la calle 5 con carrera 62, de la ciudad de Cali.  

ARTICULO   3º.-Facúltese al Gobierno Nacional para que con estricta sujeción a los   planes y programas del sector educativo, realice las operaciones presupuestales   correspondientes, contrate los empréstitos y celebre los contratos necesarios   para dar cumplimiento a la presente Ley.  

ARTICULO   4º-Esta Ley rige a partir de la fecha de su sanción.  

Dada en Bogotá,   D. E., a los … días del mes de … de mil novecientos ochenta y ocho (1988).  

El Presidente   del honorable Senado de la República, ANCIZAR LOPEZ LOPEZ, el Presidente de la   honorable Cámara de Representantes, FRANCISCO JOSE JATTIN SAFAR, el Secretario   General del honorable Senado de la República, Crispín Villazón de Armas, el   Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Luis Lorduy Lorduy.  

República de   Colombia-Gobierno Nacional  

Bogotá, D. E., 8   de noviembre de 1988  

Publíquese y   ejecútese.  

VIRGILIO BARCO  

El Ministro de   Educación Nacional, Francisco Becerra Barney.  

           

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