LEY 44 DE 1988

Leyes 1988
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LEY 44 DE 1988  

(Octubre 6)  

Por la cual se   decretan unas operaciones en el Presupuesto Nacional para la vigencia fiscal de   1988 y se dictan otras disposiciones.  

El Congreso de   Colombia  

DECRETA:  

ARTICULO   1º.-Adiciónase el presupuesto de rentas y recursos de capital de la   vigencia fiscal de 1988 en la cantidad de ciento noventa y siete mil   cuatrocientos noventa y cuatro millones quinientos noventa y tres mil   novecientos diez pesos con 56/100 ($ 197.494.593.910.56) moneda corriente, que   con base en los Certificados de Disponibilidad Húmeros:  

Debido a lo   extenso de esta Ley se omite su publicación y se informa que el texto completo   se encuentra publicado en el Diario Oficial No. 38525 del 7 de octubre de 1988.  

ARTICULO 7º.-La   presente Ley rige a partir de la fecha de su sanción.  

Dada en Bogotá,   D. E., a los … días del mes de … de mil novecientos ochenta y ocho (1988).  

El Presidente   del honorable Senado de la República, ANCIZAR LOPEZ LOPEZ, el Presidente de la   honorable Cámara de Representantes, FRANCISCO JOSE JATTIN SAFAR, el Secretario   General del honorable Senado de la República, Crispín Villazón de Armas, el   Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Luis Lorduy Lorduy.  

República de   Colombia-Gobierno Nacional  

Bogotá, D.E., 6   de octubre de 1988  

Publíquese y   ejecútese.  

El Ministro de   Hacienda y Crédito Público, Luis Fernando Alarcón Mantilla.  

           

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