LEY 52 DE 1985
(JUNIO 5)
Por la cual el Congreso y la Nación colombianos rinden homenaje a la memoria del eximio hombre público Fabio Lozano Simonelli y se dictan otras disposiciones.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
ARTICULO 1º.- La Nación honra la memoria y rinde tributo al ilustre hombre público Fabio Lozano Simonelli, fallecido el día 12 de noviembre de 1983, por los grandes servicios prestados al país desde la actividad política, parlamentaria, periodística, la cátedra universitaria, la literatura, la administración y el servicio exterior de la Nación.
ARTICULO 2º.- El Senado de la República procederá a ordenar la publicación de las obras completas del Senador Fabio Lozano Simonelli, y a la elaboración de su efigie en bronce o al óleo para ser colocada en el Salón de Sesiones de la Comisión Segunda Constitucional del Senado de la República.
ARTICULO 3º.- Un colegio de Bogotá llevará el nombre de Fabio Lozano Simonelli, donde se construirá una biblioteca pública que llevará también el nombre del ilustre escritor y pensador.
ARTICULO 4º.- La avenida o calle 37 entre carreras 14 y 17 de Bogotá, D. E., (Barrio de la Magdalena) se llamará Avenida Fabio Lozano Simonelli y allí se pondrá un busto en bronce con una placa alusiva.
ARTICULO 5º.- Autorizar al Gobierno para hacer las apropiaciones, créditos, contracréditos, préstamos y contratos que sean necesarios para ejecución de las obras ordenadas en esta Ley.
ARTICULO 6º.- Esta Ley rige desde su sanción.
Dada en Bogotá, D. E., a
El Presidente del honorable Senado de la República, JOSE NAME TERAN, el Presidente de la honorable Cámara de Representantes, DANIEL MAZUERA GOMEZ, el Secretario General del honorable Senado de la República, Crispin Villazón de Armas, el Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Julio Enrique Olaya Rincón.
República de Colombia – Gobierno Nacional
Publíquese y ejecútese.
BELISARIO BETANCUR
La Ministra de Educación Nacional (E), Victoria Colbert de Arboleda.