LEY 26 DE 1985
(ENERO 23)
Por la cual se dispone la celebración del Cincuentenario de la Fundación del Municipio de Silvania, Departamento de Cundinamarca, y se dictan otras disposiciones.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
ARTICULO 1º.- La Nación se asocia a la conmemoración del Cincuentenario de la Fundación del Municipio de Silvania (Cundinamarca), que tendrá lugar el 21 de febrero de 1985, rinde tributo de admiración a sus fundadores y exalta las virtudes cívicas de sus habitantes, quienes de manera denodada han contribuido al progreso de Cundinamarca.
ARTICULO 2º.- De acuerdo con los numerales 17 y 20 del artículo 76 de la Constitución Nacional autorizase al Gobierno Nacional, para planificar y desarrollar las siguientes obras de utilidad pública y de interés social en el Municipio de Silvania, asi”.
a) Construcción de un hospital.
b) Construcción de un acueducto regional.
c) Pavimentación de todas sus calles.
d) Construcción de la Carretera Panamá Alto San José -Tibacuy.
e) Construcción de un salón cultural.
g) Construcción y dotación de una Biblioteca Popular.
ARTICULO 3º.- Queda autorizado el Gobierno Nacional para efectuar las operaciones presupuestales correspondientes, obtener empréstitos y celebrar los contratos necesarios para dar cumplimiento a la presente Ley.
ARTICULO 4º.- Esta Ley rige a partir de la fecha de su sanción.
Dada en Bogotá, D. E., a los… días del mes de… de mil novecientos ochenta y cuatro (1984).
El Presidente del honorable Senado de la República, JOSE NAME TERAN, el Presidente de la honorable Cámara de Representantes, DANIEL MAZUERA GOMEZ, el Secretario General del honorable Senado de la República, Crispín Villazón de Armas, el Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Julio Enrique Olaya Rincón.
República de Colombia – Gobierno Nacional
Bogotá, D. E., 23 de enero de 1985.
Publíquese y ejecútese.
BELISARIO BETANCUR
La Ministra de Hacienda y Crédito Público, (E), María Mercedes Cuéllar de Martínez, el Ministro de Salud, Amaury García Burgos, el Ministro de Obras Públicas y Transporte, Hernán Beltz Peralta.