LEY 2 DE 1983

Leyes 1983
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LEY 2 DE 1983

  (ENERO 20)

  Por la cual se honra la memoria del señor General Manuel Castro Bayona.

  El Congreso de Colombia

  DECRETA:  

ARTICULO 1º.-La Nación honra la memoria del señor General Manuel Castro Bayona,   Primer General de División de Colombia; fundador del Batallón de Ingenieros   Militares; cofundador de la Escuela Militar de Cadetes y Comandante en Jefe del   Ejército Colombiano, recientemente desaparecido.

  ARTICULO 2º.-Como homenaje a su memoria, ordénase erigir, en Pesca, ciudad natal   del ilustre desaparecido, y en lote de terreno que aportará el Municipio, un   monumento consistente en un edificio donde funcionarán la Biblioteca Pública y   un Salón Cultural que se denominarán “Centro Cultural Manuel Castro Bayona”, y   cuya organización y administración estarán al cuidado de la Nación.

  El Salón Cultural estará destinado a exaltar y cultivar los símbolos patrios, a   rendir culto a los próceres de la Independencia y a los colombianos y boyacenses   cuyos méritos y servicios sirvan de ejemplo a las juventudes.

  ARTICULO 3º.-Para que tenga cumplido efecto lo dispuesto en el inciso anterior,   se levantarán en el Salón Central, del Centro Cultural, un monumento al Escudo   Nacional, al lado derecho de este busto del Libertador y a su lado izquierdo un   busto del General Manuel Castro Bayona.

  ARTICULO 5º.-En cumplimiento de los anteriores mandatos, el Ministerio de   Defensa, el Instituto Colombiano de Cultura (Colcultura) y el Instituto   Colombiano de Construcciones Escolares (ICCE), efectuarán los estudios de   factibilidad y adelantarán la obra y la dotarán para beneficio de las nuevas   generaciones.

  ARTICULO 6º.-El Gobierno Nacional adoptará todas las medidas que sean necesarias   para que esta Ley tenga pleno cumplimiento, quedando autorizado para contratar   empréstitos, si fuere necesario.

  ARTICULO 7º.-Está Ley regirá desde su sanción. 

  Dada en Bogotá, D. E., a los… días del mes de … de mil novecientos ochenta y   dos (1982).

  El Presidente del honorable Senado de la República BERNARDO GUERRA SERNA, el   Presidente de la honorable Cámara de Representantes EMILIO LEBOLO CASTELLANOS,   el Secretario General del honorable Senado de la República, Crispín Villazón de   Armas, el Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Julio   Enrique Olaya Rincón.

  República de Colombia-Gobierno Nacional

  Bogotá, D. E., enero 20 de 1983

  Publíquese y ejecútese.

  BELISARIO BETANCUR

  El Ministro de Defensa Nacional,  

General Fernando   Landazábal Reyes,  

el Ministro de   Educación Nacional,  

Jaime Arias   Ramírez.          

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