LEY 55 DE 1978

Leyes 1978
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LEY 55 DE 1978

  Por la cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia   fiscal de 1978 (Congreso Nacional, Departamento de Planeación Nacional y de   Intendencias y Comisarías y Ministerios de Gobierno, Minas y Energía, Educación   Nacional y Comunicaciones), por $ 28.027.600.00

  El Congreso de Colombia

  DECRETA:  

ARTICULO 1º.-Efectúense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos   para la vigencia fiscal de 1978, con base en los Certificados de Reserva y   Disponibilidad números 138, 139, 140, 141, 143, 144, 145 y 146 de 1978,   expedidos por el Contralor General de la República.

  Debido a lo extenso de esta Ley se omite su publicación y se informa que el   texto completo se encuentra publicado en el Diario Oficial No.35172 de enero 5   de 1979. Pág. 58.

  ARTICULO 2º.-La presente Ley rige a partir de la fecha de su sanción.

  Dada en Bogotá, D.E., a … de … de mil novecientos setenta y ocho (1978).

  El Presidente del honorable Senado de la República, GUILLERMO PLAZAS ALCID, el   Presidente de la honorable Cámara de Representantes, JORGE MARIO EASTMAN, el   Secretario General del honorable Senado de la República, Amaury Guerrero, El   Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes, Jairo Morera   Lizcano.

  República de Colombia- Gobierno Nacional

  Bogotá, D.E., diciembre 15 de 1978.

  Publíquese y ejecútese.

  JULIO CESAR TURBAY AYALA

  El Ministro de Hacienda y Crédito Público,  

Jaime García   Parra.

             

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