LEY 54 DE 1978

Leyes 1978
image_pdfimage_print

                       

LEY 54 DE 1978

  (Diciembre 15)

  Por la cual se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y se   abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gasto de 1978 (Ministerio   de Desarrollo Económico y de Obras Públicas y Transporte), por $ 24.355.636.20.

  El Congreso de Colombia

  DECRETA:

     

ARTICULO 1º.-Adicionase el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la   vigencia fiscal de 1978 en la cantidad de veinticuatro millones trescientos   cincuenta y cinco mil seiscientos treinta y seis pesos con veinte centavos   ($24.355.636.20) moneda corriente, que con base en el Certificado de   Disponibilidad número 40 de 1978, expedido por el Contralor General de la   República se incorporará en el siguiente numeral:

  PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL

  Ingresos Corrientes

  1. Tasas y multas.

  CAPITULO VII

  a) Servicios Administrativos

  Suma el recurso 

  21.355.636.20

  24.355.636.20

  ARTICULO 2º.-Con base en el recurso de que trata el articulo anterior, ábrese   los siguientes créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la Vigencia   Fiscal de 1978:

  PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

  Ministerio de Desarrollo Económico

  CAPITULO 3

  Inspección y Control de Sociedades

  Servicios Personales

  261 24 11. 2312-A Gastos de vigencias expiradas (indeminizaciones) 63.000.00

  PRESUPUESTO DE INVERSIÓN

  Ministerio de Obras Públicas y Transporte

  CAPITULO 09

  Fondo de Inmuebles Nacionales

  PROGRAMA 12

  Inmuebles, Parques y Monumentos

  Inversión Indirecta.

  Recursos Ordinarios

  6852 Construcción de inmuebles nacionales 24.292.636.20

  41 119 18 Adquisición sede Superintendencia de Sociedades $ 24.292.636.20

  Suman los créditos adicionales 

  24.292.636.20

  ARTICULO 3º.-La presente Ley rige a partir de la fecha de su sanción.

  Dada en Bogotá, D.E., a … de … de mil novecientos setenta y ocho (1978).

  El Presidente del honorable Senado de la República, GUILLERMO PLAZAS ALCID, el   Presidente de la honorable Cámara de Representantes, JORGE MARIO EASTMAN, el   Secretario General del honorable Senado de la República, Amaury Guerrero, El   Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes, Jairo Morera   Lizcano.

  República de Colombia- Gobierno Nacional

  Bogotá, D.E., diciembre 15 de 1978.

  Publíquese y ejecútese.

  JULIO CESAR TURBAY AYALA

  El Ministro de Hacienda y Crédito Público,  

Jaime García   Parra.

             

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *