LEY 68 DE 1966

Leyes 1966
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LEY 68 DE 1966    

(noviembre     15   de 1966)    

por la cual     se declara de utilidad pública la “Casa del Virrey” en la ciudad de Cartago, y     se le destina a finalidades culturales.    

El Congreso     de Colombia,  

DECRETA  

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Artículo 1.     Declárase de utilidad pública el edificio colonial denominado “Casa del Virrey”,     situado en la Calle 13 número 5 – 53 de la Ciudad de Cartago, en el Departamento     del Valle.    

Artículo       2.         El juicio de expropiación que la Nación adelante con base en esta Ley, se     limitará de modo exclusivo a la parte de la joya colonial así denominada, que en     la actualidad es objeto de dominio privado.    

Artículo 3.     Adquirido por la Nación el respectivo inmueble, se hará cesión del mismo al     Municipio de Cartago, con destinación especial a actividades culturales, y     específicamente para ampliación de las instalaciones del Conservatorio “Pedro     Morales Pino”.    

Artículo 4. Apropiase la suma de cuatrocientos mil pesos ($ 400.000.00) para darle     cumplimiento a la presente Ley. El Gobierno queda autorizado para abrir los     créditos correspondientes en el Presupuesto y hacer los traslados respectivos.    

Artículo 5.     Esta Ley, regirá desde su sanción.  

Dada en     Bogotá, D. E., a 6 de octubre de 1966.    

El Presidente     del Senado,    

MANUEL     MOSQUERA GARCES.    

El Presidente     de la Cámara de Representantes,    

 CARLOS DANIEL     ABELLÓ ROCA.    

El Secretario     del Senado,    

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El Secretario     de la Cámara de Representantes,    

 Luis     Esparragoza Gálvez.    

República de     Colombia. Gobierno Nacional.    

 Bogotá, D.E.,     noviembre 15 de 1966.  

Publíquese y     ejecútese.    

CARLOS LLERAS     RESTREPO    

El Ministro     de Hacienda y Crédito Público,  

Abdón Espinosa Valderrama.  

 El Ministro de     Educación Nacional,  

Gabriel Betancur Mejía.                    

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