LEY 18 DE 1966
(julio 12 de 1966)
por la cual se nacionaliza un Colegio de segunda enseñanza en Florencia, Caquetá.
El Congreso de Colombia,
DECRETA
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Artículo 2. El Gobierno procederá a establecer plenamente la propiedad nacional de las instalaciones donde el Colegio de La Salle, de Florencia, funciona en la actualidad, y celebrará para ello con la Curia Obispal del Caquetá los acuerdos a que haya lugar.
Artículo 3. La Nación asumirá el sostenimiento del Colegio y el ensanche de sus dotaciones, de manera que asegure un servicio suficiente de enseñanza secundaria en la Intendencia del Caquetá, a precios accesibles para los hijos de familias pobres, urbanas y campesinas .
Artículo 4. Esta Ley regirá desde su sanción.
Dada en Bogotá, D.E., a primero de junio de mil novecientos sesenta y seis.
El Presidente del honorable Senado,
EUGENIO GÓMEZ GÓMEZ
El Presidente de la honorable Cámara,
CARLOS ALBORNOZ R
El Secretario del honorable Senado,
Amaury Guerrero
El Secretario de la honorable Cámara,
Luis Esparragoza Gálvez
República de Colombia . Gobierno Nacional.
Bogotá, D.E., 12 de julio de 1966.
Publíquese, y ejecútese.
GUILLERMO LEON VALENCIA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Joaquín Vallejo Arbeláez.
El Ministro de Educación Nacional,
Daniel Arango Jaramillo.