LEY 159 DE 1994

Leyes 1994
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LEY 159 DE 1994

 

LEY 159 DE 1994

(agosto 3)

Diario Oficial No. 41.479., de 5 de agosto de 1994

 

por medio de la cual la Nación se asocia a la celebración del natalicio del ilustre hombre público Alberto Pumarejo Vengoechea

EL CONGRESO DE COLOMBIA, DECRETA: ARTÍCULO 1o. La Nación se asocia a la celebración del centenario del nacimiento del ilustre ciudadano y ex-designado a la Presidencia de la República, Don Alberto Pumarejo Vengoechea, ocurrido en la ciudad de Barranquilla el 2 de mayo de 1893 y exalta su memoria de servidor público como ejemplo a las próximas generaciones.

 
ARTÍCULO 2o. A partir de la publicación, de la presente Ley, la Nación se asociará a dicha celebración con el apoyo financiero a través de esquemas de cofinanciación, según lo establecido en la Ley60 de 1993, de las siguientes obras de interés social en el Distrito Especial Marítimo y Portuario de Barranquilla:
 
1- Construcción de la Concentración Escolar de educación básica primaria "Alberto Pumarejo".
 
2- Construcción de la Sala Infantil Alberto Pumarejo en el Hospital Pediátrico de Barranquilla.
 
ARTÍCULO 3o. Las obras anteriores están contempladas en el Plan de Desarrollo de Barranquilla.
 
ARTÍCULO 4o. Con cargo al Presupuesto General de la Nación, se imputarán los pagos que conlleve esta cofinanciación a las obras a realizarse en el distrito de Barranquilla en honor a la memoria de Alberto Pumarejo.
 
ARTÍCULO 5o. Esta Ley rige a partir de la fecha de su publicación.
 

El Presidente del honorable Senado de la República,

JORGE RAMÓN ELÍAS NADER.

El Secretario General del Honorable Senado de la República,

PEDRO PUMAREJO VEGA.

El Presidente de la Honorable Cámara de Representantes,

FRANCISCO JOSÉ JATTIN SAFAR.

El Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes,

DIEGO VIVAS TAFUR.

República de Colombia – Gobierno Nacional

Dada en Santafé de Bogotá, D.C., a tres (3) de agosto

de mil novecientos noventa y cuatro (1994).

CÉSAR GAVIRIA TRUJILLO

El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado

de las funciones del Ministro de Hacienda y Crédito Público,

HÉCTOR JOSÉ CADENA.

La Ministra de Educación Nacional,

MARUJA PACHÓN DE VILLAMIZAR.

El Ministro de Salud,

JUAN LUIS LONDOÑO DE LA CUESTA.

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