LEY 73 DE 1989

                     

      

LEY 73 DE 1989  

(diciembre 20)  

por la cual la   Nación se asocia a la conmemoración de los cien (100) años de fundación de la   ciudad de La Virginia (Risaralda), se hacen algunas apropiaciones en el   presupuesto nacional y se dictan otras disposiciones.  

El Congreso de   Colombia,  

DECRETA:  

Artículo 1o. La   Nación se asocia a la conmemoración de los cien (100) años de la ciudad de La   Virginia (Risaralda), rinde tributo de admiración al espíritu progresista de sus   gentes y manifiesta la gratitud de la Nación hacia sus habitantes quienes a lo   largo de sus cien años se han constituido en ejemplo real de superación.  

Artículo 2o. En   cumplimiento y de conformidad con los numerales 17 y 20 del artículo 76 de la   Constitución Nacional, el Gobierno Nacional asignará en los presupuestos   siguientes a la vigencia de la presente Ley las partidas necesarias para   ejecutar los siguientes programas de utilidad pública y de interés social en el   Municipio de La Virginia (Risaralda) así:  

a) Veinte   millones de pesos ($ 20.000.000.00), girados a través de la Tesorería Municipal   para redes eléctricas y alumbrado público;  

b) Cien   millones de pesos ($ 100.000.000.00) para adquisición de terrenos y construcción   de vivienda por el programa de autoconstrucción, a través del Instituto de   Crédito Territorial, Seccional Risaralda;  

c) Treinta   millones de pesos ($ 30.000.000.00) para ampliación de redes de alcantarillado y   acueducto y pavimentación de vías, a través de la Tesorería Municipal.  

Artículo 3o.   Autorízase al Gobierno Nacional para efectuar las operaciones presupuestales   correspondientes, obtener empréstitos y celebrar los contratos necesarios para   atender los gastos que demanda el cumplimiento de esta Ley.  

Artículo 4o.   Esta Ley rige a partir de la fecha de su sanción.  

Dada en Bogotá,   D. E., a los… días del mes de… de 1989.  

El Presidente   del honorable Senado de la República,  

LUIS GUILLERMO   GIRALDO HURTADO  

El Presidente   de la honorable Cámara de Representantes,  

NORBERTO   MORALES BALLESTEROS  

El Secretario   General del honorable Senado de la República,  

Crispín   Villazón Armas.  

Luis Lorduy   Lorduy  

República de   Colombia-Gobierno Nacional  

Publíquese y   ejecútese. Bogotá, D.E., diciembre 20 de 1989.  

VIRGILIO BARCO  

El Ministro de   Hacienda y Crédito Público,  

Luis Fernando   Alarcón Mantilla.  

La Ministra de   Desarrollo Económico,  

María Mercedes   Cuéllar de Martínez.  

El Ministro de   Salud, Eduardo Díaz Uribe.