LEY 69 DE 1986
(DICIEMBRE 15)
Por la cual se decretan unas adiciones y traslados en el Presupuesto Nacional para la vigencia fiscal de 1986.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Adiciónase el presupuesto de rentas y recursos de capital de la vigencia fiscal de 1986 en al cantidad de veinticuatro mil noventa y tres millones setecientos cincuenta y seis mil quinientos setenta y tres con 48/100 ($24.093.756.573.48) moneda corriente, que con base en los certificados de disponibilidad números:
ARTICULO 14.- El Gobierno Nacional queda autorizado para pagar a través de la Dirección Superior del Ministerio de Educación Nacional, las partidas incluidas en el Capítulo del ICCE, que ordenen entregar en forma directa a los beneficiarios. La ejecución de estas partidas que correspondan a giros fuera de la ciudad de Bogotá, se efectuarán a través de las relaciones de autorización.
ARTICULO 15.- La presente Ley rige a partir de la fecha de su sanción.
Dada en Bogotá, D. E., a los… días del mes de… de mil novecientos ochenta y seis (1986).
El Presidente del honorable Senado de la República, HUMBERTO PELAEZ GUTIERREZ, el Presidente de la honorable Cámara de Representantes, ROMAN GOMEZ OVALLE, el Secretario General del honorable Senado de la República, Crispín Villazón de Armas, el Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Luis Lorduy Lorduy.
República de Colombia – Gobierno Nacional
Bogotá, D. E., 15 de diciembre de 1986.
Publíquese y ejecútese.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, César Gaviria Trujillo.